Ayudas a la acuicultura, ... Asturias.

Última revisión
24/09/2024

Ayudas a la acuicultura, la comercialización y la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura en Asturias.

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Extracto de la Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas públicas a la acuicultura, la comercialización y la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del FEMPA para el ejercicio 2024. [Cód. 2024-08108] - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 24/09/2024

Plazo de la solicitud:ABIERTO, 25/09/2024 hasta 08/10/2024

Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias

Cuantía: Cuantía total: 3.750.000 EUROS

BDNS (Indetif.): 786122

Categorías: Caza y pesca, Comercio y marketing, Empresa

Finalidad:
Ayudas dirigidas a la financiación de las medidas correspondientes a: Actuaciones en materia de acuicultura: inversiones dirigidas a promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo, Actuaciones en el ámbito de la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura: inversiones dirigidas a promover la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos productos.
Requisitos:
Serán beneficiarios/as de las presentes ayudas, las personas físicas o jurídicas destinatarias de los fondos públicos que hayan de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentran en la situación que legitima su concesión, y que cumplan los requisitos generales establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras de las presentes ayudas.



Resumen:
Ayudas a la acuicultura, la comercialización y la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura en Asturias.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/786122).

Primero.—Beneficiarios:

Serán beneficiarios/as de las presentes ayudas, las personas físicas o jurídicas destinatarias de los fondos públicos que hayan de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentran en la situación que legitima su concesión, y que cumplan los requisitos generales establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras de las presentes ayudas.

En las líneas de ayudas a la comercialización y a la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, únicamente podrán ser beneficiarios los que tengan la condición de micro, pequeña o mediana empresa, de conformidad con lo establecido en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (DOCE n.º L 124 de 20 de mayo de 2003).

En la línea de acuicultura, además de las pymes, podrán ser beneficiarias las empresas en general.

Segundo.—Objeto:

El objeto de la presente es la regulación de la convocatoria en el ejercicio 2024, para la concesión de las ayudas previstas en el Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio, que establece el Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la financiación de las medidas correspondientes a:

— Actuaciones en materia de acuicultura: inversiones dirigidas a promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo.

— Actuaciones en el ámbito de la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura: inversiones dirigidas a promover la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos productos.

Tercero.—Bases reguladoras:

Las presentes ayudas se regirán principalmente por lo dispuesto en la Resolución de 27 de junio de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, en el marco del FEMPA 2021-2027 (BOPA n.º 131 de 5 de julio de 2024).

Cuarto.—Cuantía:

Cuantía total: 3.750.000 €.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0075T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha del a página) en la que se encontrará información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Oviedo, a 17 de septiembre de 2024.—El Consejero de Medio Rural y Política Agraria, Marcelino Marcos Líndez.—Cód. 2024-08108.

Ayudas a la acuicultura, la comercialización y la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura en Asturias.

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