Análisis de las últimas sentencias del TS sobre revisión de condenas por agresió..., de 6 de septiembre
Revista
Análisis de las últimas s...septiembre

Última revisión
26/06/2024

Análisis de las últimas sentencias del TS sobre revisión de condenas por agresión sexual en aplicación de la LO 10/2022, de 6 de septiembre

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Relacionados:

Materia: penal

Fecha: 26/06/2024

Resumen:

Con base en las últimas sentencias, se analizan algunos de los criterios del Tribunal Supremo a la hora de confirmar o anular los autos de revisión de la pena de los condenados por agresión sexual, por aplicación retroactiva de la Ley 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.


Análisis de las últimas sentencias del TS sobre revisión de condenas por agresión sexual en aplicación de la LO 10/2022, de 6 de septiembre
Análisis de las últimas sentencias del TS sobre revisión de condenas por agresión sexual en aplicación de la LO 10/2022, de 6 de septiembre


La LO 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual y el principio de retroactividad de la norma penal favorable al reo

Tal como dispone el Código Penal en su artículo 2.2, «(...) tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena (...)». Este es el caso de la LO 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, habitualmente nombrada en los medios de comunicación como «ley del sólo sí es sí», que modificó el título VIII del libro I del CP, regulador de los delitos contra la libertad sexual (arts. 178 a 194 bis).

Como consecuencia de la modificación del tipo penal de «agresión sexual» (arts. 178 a 180 del CP) operada por la LO 10/2022, y el establecimiento de un nuevo marco penológico para las conductas encuadrables en el mencionado tipo (incluyéndose ahora en este el antiguo delito de violación), se han venido dictando numerosos autos estimando o denegando la revisión de las penas por delitos de agresión sexual instada al amparo del principio de retroactividad de la norma favorable al reo.

Análisis de jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo

A continuación, se examinan los actuales criterios del Alto Tribunal a la hora de resolver recursos relacionados con la revisión de condenas por agresión sexual a la luz de la LO 10/2022, de 6 de septiembre.

Aplicación en bloque de la norma más favorable al reo

A continuación, se analizan tres recientes sentencias en las que el TS anula el auto de revisión de condena por inaplicación de las penas accesorias que cabe imponer con arreglo a la LO 10/2022, de 6 de septiembre, cuando esta norma es más favorable. Estas sentencias se basan en la inidoneidad ética del agresor sexual para el desempeño de cualquier profesión, oficio o actividades que conlleven contacto regular y directo con menoressin importar la edad de la víctima del delito.

La sentencia del Tribunal Supremo n.º 470/2024, de 23 de mayo gira en torno a la preceptividad de la pena complementaria de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad. Con arreglo a la nueva normativa, dicha pena ha de ser impuesta con independencia de que el sujeto pasivo del delito sea o no menor de edad.

En este caso, el Alto Tribunal resuelve un recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de la Audiencia Provincial de Barcelona que acordó la revisión de la condena impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual, entre otros de lesiones en el ámbito familiar y amenazas.

En el auto de revisión de condena, la Audiencia Provincial redujo la pena privativa de libertad omitiendo la imposición de la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleven contacto regular y directo con menores de edad.

La Sala estima el recurso del Ministerio Fiscal, toda vez que la pena de inhabilitación especial es de imposición preceptiva para los responsables de delitos contra la libertad sexual, independientemente de que el sujeto pasivo del delito sea o no menor de edad. Tal como señala la sentencia, esta pena tiene como fin salvaguardar la libertad sexual de los menores, fundamentándose la inhabilitación especial en un juicio de valoración social que considera que quien ha cometido delitos contra la libertad sexual no reúne la idoneidad ética para desarrollar actividades que impliquen contacto directo y regular con menores

La duración de la inhabilitación especial debe ser determinada por el tribunal de manera proporcional, considerando la gravedad de los hechos y las circunstancias del condenado. En este caso, se fijó en cinco años por encima de la pena privativa de libertad revisada, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, en virtud del cual se evalúan parámetros como la gravedad y número de delitos cometidos, así como las circunstancias personales del condenado.

Mediante este fallo, el TS subraya la importancia de proteger a los menores y la obligación de aplicar la norma más favorable en bloque, aunque implique la imposición de penas complementarias no aplicadas al amparo de la ley anterior.

Un caso semejante lo hallamos en la sentencia del Tribunal Supremo, n.º 452/2024, de a 23 de mayo, ECLI:ES:TS:2024:2654, que estima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de revisión de la pena de un hombre condenando por agresión sexual. El recurso argumentaba que la pena no debía ser revisada conforme a la Disposición Transitoria Quinta de la LO 10/1995 y que, en caso de aplicarse la nueva ley, debía hacerse en su totalidad, incluyendo la pena del artículo 192.3 del Código Penal en su párrafo segundo, que precisamente prevé la imposición complementaria de la  pena de «(...) inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad (...)».

Como en el anterior supuesto, el Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso del Ministerio Fiscal, confirmando la reducción de la pena de prisión, pero añadiendo la inhabilitación especial del artículo 192.3 del Código Penal.

En el mismo sentido falla la también reciente sentencia del Tribunal Supremo, n.º 449/2024, de 23 de mayo ECLI:ES:TS:2024:2648, que casa y anula el auto de revisión de condena dictado por la Audiencia Provincial de Valencia, señalando el Alto Tribunal que la comparación entre normas debe hacerse en su totalidad, sin escoger aspectos preferibles de cada una. Así, en virtud de esta sentencia, se impuso al condenado, además de la pena privativa de libertad, la inhabilitación especial conforme al artículo 192.3 del Código Penal.

Se mantiene la aplicación de la agravante de prevalimiento de relación de superioridad del artículo 180.1. 5.ª del Código Penal

En sentencia del Tribunal Supremo, n.º 453/2024, de 23 de mayo, ECLI:ES:TS:2024:2910, se confirma la decisión de la Audiencia Provincial de denegar la revisión de la condena instada por el autor de un delito de agresión sexual continuada contra una menor.

La representación del recurrente, condenado a quince años de prisión conforme a los artículos 179 y 180.1.4ª del Código Penal, en relación con el artículo 74 del mismo texto legal, argumentó en vía de casación la indebida aplicación del artículo 2.2 del Código Penal en relación con los artículos 74, 178, 179 y 180. 4.ª del CP tras la aprobación de la Ley Orgánica 10/2022. Frente a esto, la Audiencia consideró que la nueva regulación no era más beneficiosa para el penado, ya que la pena aplicable seguiría siendo de entre doce años y seis meses a quince años de prisión, manteniéndose los mismos criterios de individualización.

Ante el Supremo, la parte recurrente esgrimió que los hechos deberían calificarse como un delito continuado de agresión sexual del artículo 179 del Código Penal, sin la agravación del artículo 180.1. 5.ª, resultando una pena de entre ocho y doce años de prisión. Sin embargo, el Alto Tribunal desestimó el recurso, argumentando que la aplicación del artículo 180.1. 5.ª era ineludible y que la pena correspondiente sería de entre once y quince años de prisión, no siendo la nueva regulación más beneficiosa al reo.

Denegación de revisión de condena con base en el subtipo agravado de relación de pareja del artículo 181.4.d) del Código Penal

La también reciente sentencia del Tribunal Supremo, n.º 444/2024, de 22 de mayo, ECLI:ES:TS:2024:2914 deniega la revisión de la pena a un hombre condenado por delito de agresión sexual contra su expareja.

En este caso, el Alto Tribunal fundamentó su fallo en que la nueva legislación no resultaba más favorable para el condenado, pues la normativa vigente podría incluso ser más perjudicial debido a la introducción de un subtipo agravado en el artículo 181.4.d) del Código Penal, que contempla una mayor penalidad cuando la víctima es o ha sido pareja del autor, aun sin convivencia.

Si bien la representación del condenado, ahora parte recurrente en casación, argumentó que no debería aplicarse una doble agravación basada en el delito continuado y el nuevo subtipo agravado, y que la atenuante de confesión debería compensar la agravación, el TS rechazó estos argumentos, señalando que las agravantes y atenuantes genéricas no son compensables con subtipos agravados o atenuados.

Para la Sala, la relación de pareja, aunque no tan sólida como el matrimonio, puede considerarse un elemento agravante si se demuestra una relación de noviazgo con encuentros sexuales repetidos y trato mantenido. En el caso concreto, los hechos probados indicaban una relación de pareja entre el condenado y la víctima, lo que justificaba la aplicación del subtipo agravado. En consecuencia, el recurso de casación fue desestimado, dado que la reforma legislativa no resultó más favorable para el condenado, y la pena original fue mantenida.








LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Código Penal - Código comentado
Disponible

Código Penal - Código comentado

V.V.A.A

84.95€

80.70€

+ Información

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»
Disponible

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»

V.V.A.A

34.00€

32.30€

+ Información

Menores y delitos
Disponible

Menores y delitos

Alfredo Abadías Selma

21.25€

20.19€

+ Información

Aspectos forenses de la traducción e interpretación
Disponible

Aspectos forenses de la traducción e interpretación

V.V.A.A

16.95€

16.10€

+ Información

Las agresiones sexuales
Disponible

Las agresiones sexuales

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información