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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I Mediante testimonio expedido por el Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Medina del Campo, don A. R. B., comprensivo del auto de fecha 12 de marzo de 2015, se resolvió expediente de dominio de inmatriculación de una finca sita en la localidad de Calabazas. II Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Olmedo con fecha 7 de septiembre de 2015, bajo el asiento número 208 del tomo 139 del Libro Diario, fue objeto de la siguien
Teniendo en cuenta: Primero. Que la mencionada entidad ha solicitado por escrito de fecha 14 de mayo de 2015, se aprueben las modificaciones introducidas en el modelo de contrato de compraventa a plazos de bienes muebles, con letras de identificación «C-JHTI-01», y sus anexos 2.1 «cuadro de amortización del precio aplazado», 8.1, «garantía de los bienes y servicios de mantenimiento del vendedor», y 12, «cuadro de depreciación de los bienes», aprobado por Resolución de 21 de enero de 2014 («BOE»
Hechos I Mediante escritura otorgada ante el Notario de Alicante, don Tomás Michelena de la Presa, el día 26 de enero de 2015, con el número 189 de su protocolo, la sociedad «Caned Madrid, S.L.», por medio de su representante, vendió la finca registral número 52.393 del Registro de la Propiedad de Alicante número 2 a la mercantil «Vuelta y Media, S.L.». II Presentada copia autorizada de la escritura en el Registro de la Propiedad de Alicante número 2 el día 9 de septiembre de 2015, el día 30 de
Hechos I Mediante escritura de entrega de posesión de determinada finca, autorizada el día 18 de marzo de 2015 por el notario de Madrid, don José Blanco Losada, con número 459 de protocolo, la sociedad mercantil «Inversiones Inmobiliarias Canvives, S.L.U.», dueña en pleno dominio de la finca registral número 10.644 del Registro de la Propiedad de Toledo número 3, en virtud de decreto, dictado en fecha 31 de julio de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Toledo, aprob
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Santander, don Fernando Arroyo del Corral, de fecha 12 de junio de 2015, con el número 958 de protocolo, se otorgaron operaciones particionales y de aceptación y adjudicación de la herencia ocasionada por el óbito de los cónyuges don C. M. B. (fallecido en el año 1989 bajo testamento otorgado en el año 1971) y doña B. D. F. (fallecida en el año 2006 bajo testamento otorgado en el año 1994). Comparecen al otorgamiento de la escritura los oc
Hechos I Mediante escritura de herencia otorgada por el notario de Alcalá de Xivert, don Rafael Pedro Rivas Andrés, el día 3 de julio 2015, con el número 535 de protocolo, se aceptó y adjudicó la herencia causada por el fallecimiento de doña M. E. P., de nacionalidad holandesa. A dicha escritura, se incorporó certificado notarial de herederos expedido el día 28 de mayo de 2015 por don Arnoud Pieter Frederik de Zwart notario de Raalte (Países Bajos). II Presentada la anterior documentación en el
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Fuengirola, don Francisco García Serrano, el día 31 de marzo de 2010, número 621 de protocolo, doña R. M. V. y sus hijos, don P. A., doña E., doña A. y doña I. G. M. formalizaron las operaciones particionales de la herencia causada por el fallecimiento de su esposo y padre, respectivamente, don M. G. G., el día 7 de enero de 2009. A los efectos de este expediente interesa hacer constar que hay una sola finca en el caudal relicto que se tra
Hechos I Se solicitó del Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2014 con presentación de la documentación correspondiente. Del contenido del Registro resulta que consta inscrito el nombramiento de auditor para la verificación de las cuentas anuales de dicho ejercicio como consecuencia de la solicitud que en su día se llevó a cabo de conformidad con la previsión del artículo 265.2 de la Ley de Sociedades de Capital. Del d
Hechos I Mediante escritura otorgada ante la notaria de Ubrique, doña Celia María Aranda Blázquez, el día 16 de junio de 2014, con el número 306 de protocolo, se declaró obra nueva por antigüedad, sobre terreno de naturaleza rústica ubicado en un municipio integrado en el Parque Natural de la Sierra de Grazalema. II Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Ubrique, con fecha 25 de junio de 2014, bajo el asiento número 76, del tomo 50 del Libro Diario y número de entrada 902,
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Santa Eulalia del Río, don Javier Cuevas Pereda, el día 14 de septiembre de 2015, bajo el número 2.083 de protocolo, don J. E. T. C. elevó a público los acuerdos de la junta general de la sociedad «Es Paradise, S.A.», de 5 de septiembre de 2015, de cese de administrador único, nombramiento de liquidador a don J. E. T. C. y disolución de la citada sociedad. Dicha junta general fue convocada mediante anuncios publicados en el «Boletín Oficia

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