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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I El día 2 de febrero de 2016 se presentó un mandamiento en que se ordena el embargo de los derechos hereditarios que correspondan a don I. G. E. S. en la herencia de su fallecida madre, doña M. C. S. P., por importe de 32.374.72 euros más 9.000 euros por intereses y costas sobre la finca registral 15.774 de Algorta. II Presentado el indicado mandamiento en el Registro de la Propiedad de Bilbao número 9, fue calificado con la siguiente nota: «No puede llevarse a cabo dicho embargo pues pa
Hechos I Por decreto de adjudicación, de fecha 18 de julio de 2014, dictado en el procedimiento de ejecución hipotecaria número 444/2012 por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Coslada, seguido a instancia de «Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.» contra don J. A. M. A. y a los ignorados herederos de doña M. A. M. G., se adjudicó a la susodicha entidad demandante la finca registral número 3.195 del Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid. II Presentada la anterior documentación en
Hechos I Por escritura otorgada en Valencia el día 17 de enero de 2014 ante su notario, don Miguel Vicente Almazán Pérez de Petinto, número 33 de protocolo, doña F. P. G. y doña M. Y., doña S. y don F.L.P., la primera por sí y además en unión de los otros tres como herederos de su esposo y padre respectivo don F. L. B.; y don J. A. O. T. y don J. y doña A. O. R., el primero por sí y además en unión de los otros dos como herederos de su esposa y madre respectiva doña A. R. R. G., ratificaron y el
Hechos I En decreto, de fecha 28 de septiembre de 2015, dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Santa Fe en autos de ejecución hipotecaria número 348/2014, en el que se ejecutan dos fincas hipotecadas en garantía del mismo crédito, a cada una de las cuales se les asignó en su día sus respectivas cifras de responsabilidad hipotecaria, se decretó la adjudicación de una de ellas, vivienda habitual del deudor, por el 70% del tipo de subasta, y de la otra por la cantidad
Hechos I En la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Murcia, se sigue procedimiento administrativo de apremio en relación con el obligado al pago, sociedad «Visionaria, S.L.». El día 13 de diciembre de 2010 se declararon embargados los créditos comerciales reclamados por la mercantil deudora, en procedimiento ordinario que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Murcia, a la sociedad «Corner, S.A.»,
Hechos I En mandamiento expedido el día 26 de octubre de 2015 por la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Fuenlabrada, donde se sigue procedimiento ordinario número 1098/2013, se ordenó inscribir, en el Registro de la Propiedad de Fuenlabrada número 3, a favor de don R. y doña M. P. F. (la nuda propiedad) y don M. P. H. y doña M. F. A. (el usufructo vitalicio) de la finca registral número 3.544 del citado Registro, tras declarar el dominio que uno
Hechos I Mediante escritura autorizada por el Notario de Palma de Mallorca, don Jesús María Morote Mendoza, el día 14 de enero de 2016, número 35 de protocolo, se formalizó una escritura de compraventa de una finca rústica situada en Banyalbufar. II Presentado dicho título en el Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca número 8, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Nombre Autoridad: don Jesús María Morote Mendoza. Número de Protocolo: 35/2016 Población Autoridad: Palma de Mallo
Hechos I Mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid, don Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, de fecha 23 de marzo de 2016, con el número 1.248 de protocolo, doña M. Y. R. -la viuda- y doña A. y doña R. A. Y., -hijas del fallecido- debidamente representadas, otorgaron las operaciones de liquidación de la sociedad conyugal, aceptación y adjudicación de la herencia causada por el óbito de don M. A. D. Había fallecido dejando viuda, dos hijas de su matrimonio -todos intervinientes- y le había
Hechos I El día 22 de diciembre de 2015, bajo el asiento 825 del Diario 93, fue presentado en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Alcalá la Real por el cual, de conformidad con el artículo 20.4.c) del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo, se hacía constar la situación urbanística concreta de las obras nuevas inscritas en este Registro de la Propiedad, y que por haberse reg
Hechos I El día 29 de febrero de 2016 se presentó en el Registro de la Propiedad de Yeste escritura de otorgada ante la notaria de Madrid, doña María Heredero Caballería, en la que se protocoliza el cuaderno particional presentado por el contador-partidor designado en testamento relativo la herencia de doña C. G. R., otorgada el día 26 de julio de 2013. Esta escritura ya había sido objeto de presentación y despacho verificándose la partición bajo condición suspensiva por no constar la aceptación

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