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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I Mediante escritura autorizada por el Notario de Palma de Mallorca, don Jesús María Morote Mendoza, de fecha 5 de noviembre de 2015, número 1.068 de protocolo, se otorgó escritura de agrupación, segregación, donación con definición de legítima y disolución de comunidad. Interesa a los efectos de este expediente hacer constar lo siguiente: las parcelas que se agrupan tienen una extensión superficial de 200, 200 y 100 metros cuadrados respectivamente, por lo que la agrupada presenta en su
Hechos I Mediante instancia suscrita el día 2 de marzo de 2016 por don F. J. E. S. M., en representación de la sociedad «Cogesar, S.L.U.», en liquidación, se solicitó la cancelación por caducidad de la inscripción de hipoteca que grava determinadas fincas, constituida mediante escritura otorgada el día 29 de septiembre de 2008 ante el notario de Estella, don Lorenzo Doval de Mateo, con el número 901 de su protocolo. Alega como fundamento para la cancelación solicitada el artículo 82, párrafo seg
Hechos I Mediante escritura otorgada ante el Notario de Burgos, don Fernando Puente de la Fuente, el día 5 de febrero de 2016, número 190 de protocolo, se elevaron a público los acuerdos de disolución y liquidación de la sociedad «Donosla Patrimonial, S.L.». Dicha escritura fue presentada en el Registro Mercantil de Burgos el día 8 de febrero de 2016, siendo objeto de una primera nota de calificación. Subsanados algunos de los defectos, se reintegra al Registro el día 6 de abril de 2016, siendo
Hechos I Mediante escritura pública autorizada por el Notario de Ourense, don Vicente Martorell García, el 10 de marzo de 2016, con el número 233 de protocolo, se formalizó una adjudicación parcial de herencia, declaración de obra nueva existente y compraventa. En dicha escritura, dos personas aceptan la herencia de su causante, y previa liquidación de la sociedad de gananciales que formó la causante con otra persona, proceden a la adjudicación parcial de las dos fincas en pago de sus derechos h
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Marbella, don Rafael Requena Cabo, de fecha 18 de septiembre de 2015, con el número 4.176 de protocolo, don I. R. W. W. y doña G. W., nacida C., ambos de nacionalidad británica, otorgaron compraventa de una finca urbana a favor de don K. A. J. K. D. y doña P. Y. M. J. Q., ambos de nacionalidad belga. Todos son identificados mediante los respectivos pasaportes de sus nacionalidades. Interviene también un traductor oficial. Se incorporan en
Hechos I Se presentó en el Registro de la Propiedad de Cunit instancia acompañada de certificación administrativa, firmada electrónicamente en fecha de 19 de enero de 2016, por doña E. N. N., secretaria accidental del Ayuntamiento de Cunit, con el visto bueno de dona Montserrat Carreras García, alcaldesa-presidenta del citado Ayuntamiento, por la que se solicita la rectificación de la inscripción de tres fincas registrales. Dichas fincas constan inscritas en el Registro de la Propiedad de Cunit
Hechos I En escritura autorizada por el notario de Madrid, don Luis Garay Cuadros, se aceptó y adjudicó la herencia causada por un nacional iraní fallecido el día 25 de mayo de 2015. II Presentada copia autorizada de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Cullera, fue calificada con la siguiente nota: «Hechos: A. V. A. presentó en este Registro de la Propiedad el día dieciséis de marzo de dos mil dieciséis una escritura autorizada el 1 de octubre de 2015 por el Notario de Madrid, don
Hechos I Con el número de asiento 747 del Diario 68 fue presentada telemáticamente, en el Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca número 9, escritura de ampliación de capital, de fecha 16 de mayo de 2015, otorgada ante el notario de Palma, don Jesús María Morote Mendoza, número 500 de protocolo, en la que doña C. y don J. A. F., en representación de don J. F. C., aportan, entre otras de otro Registro, la finca registral número 2.197 del citado Registro, finca inventariada con el número 4,
Hechos I Mediante escrituras autorizadas por el notario de Coria, don Andrés Diego Pacheco, de fecha 8 de abril de 2011, con el número 452 de protocolo, y de 18 de octubre de 2013, con el número 1.217 de protocolo, se formalizaron las operaciones de aceptación y adjudicación de herencia, segregación y extinción de comunidad y agrupación de fincas no inscritas. II Presentado dicho título en el Registro de la Propiedad de Coria, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Calificado el prece
Hechos I Mediante escritura otorgada ante el Notario de Burgos, don Fernando Puente de la Fuente, el día 31 de diciembre de 2015, bajo el número de protocolo 639, se elevaron a público determinados acuerdos de la sociedad «Land Hotel, S.L.» (aumento del capital social por compensación de créditos). II El mismo día 31 de diciembre de 2015 se presentó en el Registro Mercantil de Burgos copia autorizada de la referida escritura de aumento de capital social, y fue objeto de la calificación negativa

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