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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I Con fecha 11 de diciembre de 2015 se presentó, en el Registro de la Propiedad de Alicante número 3, escritura de adjudicación de herencia otorgada ante el notario de San Vicente del Raspeig, don Francisco José Alejandro Román Ayllón, el día 15 de octubre de 2015, número 1.537 de protocolo, por la que, por fallecimiento de don J. G. Q., se adjudicaba a doña V. B. S. una finca con una superficie de 2 hectáreas, 84 áreas y 58 centiáreas, si bien se manifestaba que, tras una expropiación, l
Hechos I El día 26 de abril de 2016, se expidió, por la subdirectora provincial de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Ourense, por delegación de la directora provincial, una certificación de adjudicación de bienes inmuebles. De dicha certificación resulta, como consecuencia de la subasta celebrada en el seno del procedimiento referido, la adjudicación de la finca registral número 19.309 de Ourense ? código registral único 32012000025166?
Hechos I Mediante auto dictado el día 20 de mayo de 2016 por el titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alicante, en el marco del procedimiento ordinario número 1940/2015, se homologó el acuerdo transaccional alcanzado por las partes de dicho procedimiento. En virtud de dicho acuerdo, se adjudicaban los tres condueños demandantes la cuarta parte indivisa correspondiente al condueño demandado sobre la finca registral número 8.792 del Registro de la Propiedad de Alicante número 3. II
Hechos I En el procedimiento de ejecución directa sobre bienes hipotecados número 70/2015, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo, a instancias de «Banco de Sabadell, S.A.» contra don C. M. G., se dictó, el día 14 de marzo de 2016, decreto de adjudicación de la finca registral número 126 del Registro de la Propiedad de Oviedo número 4, que constituía la vivienda habitual del ejecutado. La referida finca, conforme a lo establecido en el artículo 671 de la Ley de Enjuiciamie
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Alicante, don Jesús María Izaguirre Ugarte, el día 17 de junio de 2016, número 3.553 de protocolo, se elevó a público la protocolización de un cuaderno particional realizada por contador-partidor dativo. II Presentada copia autorizada de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Alicante número 3, dicho documento fue calificado con la siguiente nota: «Conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria (reformado por Ley 24/2001 27 de di
Teniendo en cuenta: Primero. Que la mencionada entidad ha solicitado por escrito de fecha 28 de noviembre de 2016, se apruebe el modelo de contrato de financiación a comprador de bienes muebles, con letras de identificación «F-BPLG/3». Segundo. Que se ha emitido el preceptivo informe no vinculante por el Registrador de Bienes Muebles Central II. Tercero. Que el notario adscrito a la Dirección General de los Registros y del Notariado ha informado favorablemente la aprobación del modelo solicitado
Hechos I El día 14 de junio de 2016, bajo el número de entrada 1.153, doña M. L. M. G. solicitó mediante documento privado, en el Registro de la Propiedad de Armilla, la rectificación de la inscripción de la Unidad de Ejecución número 5.A de las NN.SS. de 1.993 de Ogíjares. Se pretendía rectificar un error cometido en un expediente administrativo de la reparcelación de la Unidad de Ejecución 5.A, relativo a la existencia de una edificación, cuya obra nueva aparece declarada en la finca registral
Hechos I Mediante escritura otorgada ante el notario de Burgos, don Fernando Puente de la Fuente, el día 15 de abril de 2016, con el número 489 de protocolo, se elevaron a público determinados acuerdos adoptados por la junta general y el consejo de administración de la sociedad «Land Hotel, S.L.», entre ellos el de cese de secretario del consejo y nombramiento de secretario no consejero. El artículo 19.D.a) de los estatutos sociales dispone lo siguiente: «Organización. Una vez designado por la J
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valdepeñas se siguió procedimiento de juicio ordinario número 111/2010, en el que se dictó sentencia el día 25 de abril de 2012 por don José Antonio Obrero Ariza, titular de dicho Juzgado. Dicho proceso se instó por doña R. y don M. C. J. frente a los herederos de doña R. y don A. J. S. La referida sentencia estimó la pretensión de los demandantes y declaró en su fallo que se reconocía el dominio de la finca registral número 3
Hechos I Mediante escritura, autorizada el día 20 de mayo de 2016 por el notario de Barcelona, don José Ángel Ruiz Prado, número 1.537 de protocolo, la mercantil «Grupo Inverpréstamo, S.L.» cedió a don J. T. R. un crédito hipotecario que grava la finca registral núemro 5.771 del Registro de la Propiedad de Valladolid número 6. II Dicha escritura fue presentada telemáticamente el día 20 de mayo de 2016 en el Registro de la Propiedad de Valladolid número 6, siendo objeto de la siguiente nota de ca

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