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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I Mediante escritura autorizada el día 18 de noviembre de 2016 por el notario de Alcalà de Xivert, don Rafael Pedro Rivas Andrés, número 844 de protocolo, se formalizó la adjudicación de una finca no inmatriculada por título de herencia. Se acompaña como título previo, a efectos de lograr la inmatriculación de dicha finca, escritura de extinción de comunidad autorizada el día 5 de mayo de 2016, por el mismo notario, con número 297 de protocolo. II Presentado dicho documento en el Registro
Hechos I Por don Patricio Chamorro Gómez, notario de Totana, se autorizó, el día 22 de agosto de 2016, una escritura pública de cancelación de opción de compra en la que comparecen tres matrimonios, don V. C. C. y doña M. A. E. L. C., don G. C. C. y doña M. D. S. C., y don J. G. C. C. y doña J. G. R., manifestando que, en virtud de escritura autorizada ante el mismo notario el día 18 de octubre de 2004, concedieron derecho real de opción de adquisición por permuta de obra futura sobre la finca r
Hechos I Mediante instancia, de fecha 10 de octubre de 2016, la entidad mercantil Marítima Menorquina, SL, representada por su administradora única, doña C. S. S., solicitó la cancelación por caducidad de cuatro hipotecas navales constituidas sobre un buque en garantía de deuda ajena. II Presentada dicha instancia en el Registro de Bienes Muebles de Palma de Mallorca, fue objeto de la calificación que, a continuación, se transcribe: «Registro de Bienes Muebles de Baleares Nota de Calificación He
Hechos I Mediante instancia suscrita por don G. U. M., con firma legitimada ante el notario de Barcelona, don Francisco Javier Hernández Alonso, se solicitó se tuviese por desistida de la solicitud de inscripción de la escritura autorizada por la notaria de Barcelona, doña Blanca María García Oquendo, el día 10 de octubre de 2016, número 1.197 de protocolo, de elevación a público de acuerdos sociales sobre el aumento del capital social de la mercantil «Luor Glass, SL», que había sido presentada
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Almería se siguen autos de ejecución hipotecaria número 1268/2016 en los que la letrada de la Administración de Justicia, doña M. I. R. T., expidió mandamiento, de fecha 30 de septiembre de 2016, con firma electrónica de fecha 21 de octubre de 2016, dirigido al Registro de la Propiedad de Almería número 3 por el que se ordenaba la expedición de la oportuna certificación. II Presentada la referida documentación en el Registro de la Propiedad
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Almería se siguen autos de ejecución hipotecaria número 90/2011 en los que el letrado de la Administración de Justicia, don F. P. R., por decreto de fecha 17 de octubre de 2016 acordó, por vía de mejora, el embargo sobre determinadas fincas y expidió mandamiento, en misma fecha, dirigido al Registro de la Propiedad de Almería número 3 por el que se ordenaba la práctica de las anotaciones de embargo correspondientes. II Presentada la referid
Hechos I Mediante informe de validación gráfica expedido por la Sede Electrónica del Catastro se aportó representación gráfica alternativa de la finca con código registral único 30004000409017, firmada electrónicamente por el arquitecto técnico colegiado don F. R. G. con fecha 21 de octubre del año 2016. II Presentado dicho documento en el Registro de la Propiedad de Lorca número 3, acompañado de escritura autorizada por el notario de Lorca, don Luis Barnés Serrahima, el día 3 de julio del 1987,
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Almería se siguen autos de ejecución hipotecaria número 1341/2016 de los que resultó el mandamiento del letrado de la Administración de Justicia, don R. J. M., de fecha 16 de noviembre de 2016, por el que se acordaba expedir mandamiento dirigido al Registro de la Propiedad de Almería número 3 y firmado electrónicamente el día inmediato anterior, por el que se ordenaba la expedición de la certificación de dominio, cargas y vigencia de la hip
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Almería se siguen autos de ejecución de títulos no judiciales número 2409/2008 de los que resulta la diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña M. G. L., de fecha 21 de octubre de 2016, por la que se acordaba la prórroga, durante cuatro años, de las anotaciones preventivas de embargo sobre determinados bienes, expidiendo mandamiento dirigido al Registro de la Propiedad de Almería número 3, en la misma fech
Hechos I Mediante escritura autorizada ante el notario de Gernika-Lumo, don Igor Ispizua Omar, don E. D. E., en nombre y representación de la mercantil «Irabai 2016, S.L.», constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada «Operebro, S.L.». II Presentada la referida escritura en el Registro Mercantil de Navarra, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 de

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