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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I Se solicitó del Registro Mercantil de Alicante la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 con presentación de la documentación correspondiente. II La referida documentación fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Notificación de calificación El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha resuelto no pract
Hechos I El día 18 de mayo de 2016, ante el notario de Talavera de la Reina, don Fernando Tobar Oliet, se otorgó, con el número 867 de protocolo, escritura de segregación respecto de la finca registral número 3.324 del Registro de la Propiedad de Talavera número 3, habiendo sido autorizada dicha segregación mediante licencia expedida por el alcalde de la Entidad de Ámbito Inferior al Municipio de Talavera la Nueva. II La indicada escritura fue presentada en el Registro de Talavera de la Reina nú
Hechos I Se solicitó del Registro Mercantil de Murcia la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 con presentación de la documentación correspondiente. II La referida documentación fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Notificación de calificación El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha resuelto no practic
Hechos I Se solicitó del Registro Mercantil de Madrid la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 con presentación de la documentación correspondiente. II La referida documentación fue objeto de la siguiente nota de calificación: «No se aporta un ejemplar del informe emitido por el auditor independiente nombrado por este Registro Mercantil (artículos 265 LSC; 366 y 378 RRM y DGRN 30/09/08, 26/09/09, 6/11/13, 25/07/14 y 15/06/17 entre otras)». III Contra la anterior
Hechos I En sentencia, dictada el día 28 de noviembre de 2016, y en unión de auto de rectificación de fecha 13 de julio de 2017, en el procedimiento ordinario número 414/2016, seguido por don J. A. P. y don R. A. G. contra don J. L. V. A. ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Requena, se declaró que los citados demandantes son dueños, de una tercera parte indivisa y de dos terceras partes indivisas, respectivamente, de la finca registral número 1.298 del Registro de la Propiedad de Re
Hechos I Se solicitó, en relación a la sociedad expresada, del Registro Mercantil de Valencia la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 con presentación de la documentación correspondiente. II La referida documentación fue objeto en el Registro Mercantil de Valencia de la siguiente nota de calificación: «Notificación de calificación Isabel Querol Sancho, Registradora Mercantil de Valencia Mercantil, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad
Hechos I Se solicitó, en relación a la sociedad expresada, del Registro Mercantil de Valencia la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 con presentación de la documentación correspondiente. II La referida documentación fue objeto en el Registro Mercantil de Valencia de la siguiente nota de calificación: «Notificación de calificación Isabel Querol Sancho, Registradora Mercantil de Valencia Mercantil, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad
Hechos I Mediante escritura otorgada el día 19 de junio de 2017 ante el notario de Las Palmas de Gran Canaria, don Jesús Toledano García, como sustituto por imposibilidad accidental de la notaria de Las Palmas de Gran Canaria, doña María Nieves Cabrera Umpiérrez, con el número 647 de protocolo, se formalizó la compraventa de una quinta parte indivisa del 93,53% del dominio de una finca rústica, de 57 áreas, 59 centiáreas y 50 decímetros cuadrados, finca registral número 15.194 del Registro de la
Hechos I Se solicitó del Registro Mercantil de Alicante la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 con presentación de la documentación correspondiente. II La referida documentación fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Notificación de calificación El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha resuelto no pract
Hechos I En el Juzgado Mixto número 4 de Sanlúcar de Barrameda se ha tramitado procedimiento ordinario número 668/2013, a instancias de don I. J. G. T. frente a don R. T. H., procedimiento en el que se dictó sentencia estimatoria de la demanda el día 12 de diciembre de 2014. Como consecuencia del fallo, se declararon nulas la constitución de la sociedad mercantil «Rafael de Terán, S.L.» y la correspondiente aportación social, consistente en una mitad indivisa y tres octavas de la otra mitad de l

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