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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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LOS MISMOS ARTICULOS ESTABLECEN QUE LAS ACTUACIONES REFERENTES AL PROTESTO SOLO PODRAN HACERSE EN DIAS LABORABLES. EL DEL PASADO DIA 19 DE MAYO DE 1988 HA PUBLICADO EL CONVENIO COLECTIVO DE AMBITO ESTATAL PARA LA BANCA PRIVADA. DE SU ARTICULO 39 RESULTA QUE, CUALQUIERA QUE SEA LA ALTERNATIVA DE HORARIO DE TRABAJO ACEPTADA, EN TODO CASO SE PRODUCIRA PARA TODO EL PERSONAL SUJETO A DICHO CONVENIO LIBRANZA DE LOS SABADOS COMPRENDIDOS ENTRE EL 1 DE JULIO Y EL 30 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO. EN CONSE
Hechos I Mediante escritura autorizada el día 20 de diciembre de 2017 por el Notario de Burgos, don Julián Martínez Pantoja, con el número 3.821 de protocolo, se elevaron a público determinados acuerdos adoptados el día 16 de febrero de 2004 por la Junta General de una Comunidad de Propietarios de Burgos en la que se modificaban los estatutos de la misma. Concretamente, se acordaba el cambio del punto VII, letra c), apartado b), de los estatutos de la comunidad en relación con los gastos de sust
POR OTRA PARTE SE PUNTUALIZAN EN ESTA RESOLUCION DETERMINADOS EXTREMOS SOBRE LA EXTENSION DE ASIENTOS EN LOS LIBROS DE HOJAS MOVILES Y SE CONCRETAN LAS FORMALIDADES CON QUE DEBE EXTENDERSE LA REFERENCIA CONTEMPLADA EN EL ARTICULO 426 DEL REGLAMENTO HIPOTECARIO, DESARROLLANDO LA DECLARACION CONTENIDA EN LA RESOLUCION DEL DIA 6 DEL PRESENTE MESDE NOVIEMBRE DE QUE TALES REFERENCIAS DEBEN EXTENDERSE POR MEDIOS INDELEBLES. POR TODO ELLO, ESTA DIRECCION GENERAL HA ACORDADO, A PROPUESTA DE LA SUBDIREC
En cumplimiento de dicha Orden la Junta de Decanos de los Colegios Notariales de España, por acuerdos de 13 de marzo y 7 de abril últimos y la Junta del Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad, por acuerdo de 14 de abril pasado, han realizado tal adaptación, determinando las cifras resultantes que se expresan a continuación: 1. Honorarios notariales. a) Viviendas del grupo I y subvencionadas: 7.112,75 pesetas. Si se constituye garantía real la cantidad anterior se incrementará en 3.
Hechos I Mediante instancia se solicitó la expedición de «copia literal del historial registral de las parcelas con los números de policía, según plano urbanístico: 1. (…)5. 2. (…)8. 3. (…) 6». No constan en la citada solicitud los respectivos datos registrales de las citadas fincas. II Presentada la referida instancia en el Registro de la Propiedad de Valencia número 3, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Primero: (…) Cuarto: En cuanto a lo solicitado en la precedente instancia de
LA RESOLUCION DE 21 DE MARZO DE 1985 ACORDO, ASEMEJANZA DE AÑOS ANTERIORES, CONSIDERAR COMO DIA INHABIL A EFECTOS DE PROTESTOS EL SABADO SANTO, DIA 6 DE ABRIL DE DICHO AÑO. COMO FUNDAMENTO DE TAL RESOLUCION SE INVOCABA LA GRAN DIFUSION QUE EN NUESTRO TIEMPO HA ALCANZADO EN TODO EL AMBITO NACIONAL LA VIRTUAL PARALIZACION DE LAS ACTIVIDADES LABORABLES Y, PARTICULARMENTE LAS DE LA BANCA, EN DICHA FESTIVIDAD. TAL FUNDAMENTO SIGUE SIENDO VALIDO EN EL PRESENTE AÑO. SIN EMBARGO, LA PUBLICACION DE LA V
Hechos I Mediante escritura autorizada por el Notario de Vitoria, don Fernando Ramos Alcázar, de fecha 18 de julio de 2017, don J. A. P. M. y doña M. R. A. ejercieron el derecho de opción de compra sobre un local-lonja, derecho que resulta de arrendamiento financiero otorgado ante el mismo Notario en fecha 2 de junio de 2000. En virtud del ejercicio de esa opción, adquirieron el local por mitad e iguales partes y pro indiviso. Interesa a efectos de este expediente que los adquirentes, en la fech
Hechos I Mediante escritura otorgada ante el Notario de Eivissa, don Juan Acero Simón, el día 2 de octubre de 2017, con el número 2.359 de protocolo, por la entidad «Fiesta Hotels & Resorts, S.L.», como dueña de la finca registral número 654 de Sant Josep de Sa Talaia, procedió a la segregación de una porción de 1.610 metros cuadrados, aportando representación gráfica alternativa de la finca segregada y de la finca resto. Dicha finca consta en el Registro con una superficie de 95.854,50 metros c
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña María de las Mercedes Borges González-Tablas, en virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Las Rozas de Madrid don Juan Luis Hernández-Gil Mancha, como sustituto por imposibilidad accidental de su compañero don Pedro Muñoz García Borbolla, con el número 1937 de su protocolo, subsanada por otra otorgada ante el Notario de las Rozas de Madrid don Pedro Muñoz García B
Hechos En virtud de escrito de fecha 28 de febrero de 2018, con entrada en este Centro Directivo el día 1 de marzo de 2018, el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, al amparo de lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley 24/2011, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, formula consulta vinculante sobre si la extensión de la nota marginal acreditativa de haberse expedido certificación de dominio y cargas en el procedimiento

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