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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Reynus Patrimonio, SL», «en virtud de la escritura pública otorgada ante la Notaria de Madrid doña Cristina Caballería Martel, el 27 de septiembre de 2017, con el número 3285 de su protocolo, complementada por otra otorgada ante la misma Notaria, el 14 de febrero de 2018, con el número 387 de protocolo. Segundo.Domicilio y ámbito de la Fundación. El domicilio de
Hechos I Se presentó el día 1 de junio de 2017 en el Registro de la Propiedad de Andújar escritura, de fecha 17 de mayo de 2017, de adjudicación de herencia por fallecimiento de doña N. G. M., otorgada ante doña Andrea García Jiménez, notaria de Andújar, por la se solicitaba la inmatriculación de una parcela de tierra labor de 39 áreas, 35 centiáreas y 89 decímetros cuadrados, con una edificación destinada a vivienda unifamiliar, y cuya referencia catastral era 23005A012002950000HL. Dicha finca
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por «The General Authority of Islamic Affairs & Endowments», en virtud de escritura pública otorgada ante el notario de Madrid don José María Recio del Campo, el 24 de abril de 2017, con el número 1032 de su protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo Notario de Madrid, el 20 de junio de 2017, con el número 1579 de su protocolo. Segundo.Domicilio y ámbito de la Fundación. El dom
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad «Asociación de Futbolistas Españoles», «en virtud de escritura pública otorgada ante el notario de Madrid don Ignacio Sáenz de Santa María y Vierna, el 29 de mayo de 2017, con el número 2190 de su protocolo, subsanada por otra otorgada ante el Notario de Madrid don Francisco Consegal García, el 23 de noviembre de 2017, con el número 4438 de su protocolo. Segundo.Domicilio
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Úbeda se tramitó procedimiento de ejecución hipotecaria número 870/2012 a instancias de «Unicaja Banco, S.A.U.» contra doña M. S. L. M., don S. M. R., doña J. R. G. y don J. J. M. R. En dicho procedimiento, se dictó decreto, de fecha 16 de octubre de 2014, adjudicando la finca registral número 55.199 del Registro de la Propiedad de Úbeda número 1 al acreedor ejecutante. La referida finca aparece en la actualidad inscrita a nom
PARTIENDO DE ESTAS CONSIDERACIONES Y TENIENDO EN CUENTA LA NECESIDAD DE ATENDER A LA NUEVA ESTRUCTURA DE LA OPOSICION, EN LA QUE EL REAL DECRETO 950/1987, DE 24 DE JULIO, HA INTRODUCIDO DOS EJERCICIOS ORALES, EN ESTE NUEVO PROGRAMA SE HAN LLEVADO A CABO LAS MINIMAS PERO INDISPENSABLES ADAPTACIONES QUE PRODUZCAN LAS MENORES PERTURBACIONES POSIBLES. SE HA APROVECHADO TAMBIEN LA OCASION PARA DAR UNA NUEVA REDACCION A DETERMINADOS TEMAS CON UNA MAYOR GENERALIDAD EN SUS ENUNCIADOS, LO QUE PERMITIRA S
EN CUMPLIMIENTO DE LA DISPOSICION TRANSCRITA, Y VISTOS LOS ARTICULOS 259 Y 260 DE LA LEY HIPOTECARIA, Y 442 DE SU REGLAMENTO, ESTA DIRECCION GENERAL HA ACORDADO: PRIMERO. LOS REGISTRADORES FORMULARAN LA MINUTA POR DUPLICADO, ENTREGANDO EL ORIGINAL AL INTERESADO Y CONSERVANDO COPIA EN EL REGISTRO. SEGUNDO. EL EJEMPLAR PARA EL INTERESADO Y LA COPIA TENDRAN IDENTICO CONTENIDO Y DEBERA EXPRESAR TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL MODELO ADJUNTO. TERCERO. EN NINGUN CASO PODRA EN LA MINUTA DE HONO
Hechos I Mediante testimonio expedido por la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Jerez de la Frontera, en fecha 27 de mayo de 2009, en autos de expediente de dominio para la inmatriculación número 203/2008, se declaró justificado el dominio de don M. A. G. y doña M. C. J. de una finca urbana, del Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera número 3, con una superficie de 86 metros cuadrados de suelo. Se acompañaba certificación catastral des
Hechos I Solicitada certificación negativa relativa a las denominaciones «ASP Abogados y Asesores Tributarios Sociedad Civil Profesional»; «ASP Abogados, Sociedad Civil Profesional»; «ASP Asesores Jurídicos y Tributarios, Sociedad Civil Profesional»; «ASP Asesores Tributarios y Abogados, Sociedad Civil Profesional», y «ASP Abogados y Asesores, Sociedad Civil Profesional», fue objeto de certificación positiva en fecha 5 de diciembre de 2017. II El interesado solicitó la expedición de una nota de
Hechos I Mediante mandamiento, expedido por doña V. G. B., letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vilagarcía de Arousa, en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 55/2016, a instancia de don M. A. F. B. frente a doña N. L. A., se ordenó la práctica de una anotación preventiva de embargo sobre las fincas registrales números 18.913 y 26.069 del Registro de la Propiedad de Vilagarcía. Junto con dicho mandamiento, se aco

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