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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Esta Dirección General ha acordado publicar la relación que seguidamente se transcribe, comprensiva de las poblaciones, en las que existe demarcada alguna Notaría, que ostentan nombres oficialmente reconocidos en alguna de las lenguas españolas que difieren del nombre que figura en la mencionada Demarcación Notarial. Madrid, 26 de septiembre de 1984.-El DirectOr general, Gregorio García Ancos. RELACION QUE SE CITA Islas Baleares Ibiza * Eivissa. * Pollensa * Pollenca. * La Puebla * Sa Pobla.
Hechos I Por virtud de mandamiento, dictado el día 29 de noviembre de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Zaragoza, se ordenó la cancelación de la anotación de embargo causada en dicho procedimiento -letra A-, así como la de las cargas posteriores a la misma -letras B, C, D, E y F-. A la fecha de presentación de dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Manilva -11 de diciembre de 2017-, la anotación letra A, en la que se sustentaba el procedimiento, se encontraba ya c
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por las entidades «Instituto Europeo del Mediterraneo» (IEMED), el Estado francés, «Forum Femmes Mediterranée», «Réseau Universitaire et Scientifique Euromediterranéen sur la Gendre et les Femmes» (RUSEMEG), «Center of Arab Womn for Training and Research» (CAWTAR) y la «dération de la Ligue Démocratique des Droits des Femmes», en virtud de la escritura pública otorgada ante la Notario
Hechos I Mediante escritura otorgada el día 30 de agosto de 2007 ante el notario de Valladolid, don Francisco Javier Sacristán Lozoya, con el número 1.595 de protocolo, la «Fundación Emilio Álvarez Gallego» vendió a la entidad «Promociones Parkosa, S.L.» una finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Valladolid número 5, registral 6.413, descrita tanto en la escritura como en la inscripción primera, de la siguiente forma: «Número uno.-Zona uno.-Urbana, zona situada en el subsuelo de la fin
Consiguientemente, esta Dirección General ha juzgado necesario dictar algunas instrucciones acerca de la utilización de estas certificaciones plurilingües en relación con los extremos relativos a la legitimación para pedirlas y a los problemas prácticos que pueden suscitar su expedición. I. personas facultadas para solicitar la certificación Las certificaciones de nacimiento, a pesar de ser el extracto, deberán reflejar, además del nombre propio de los padres, los apellidos de éstos, lo que eq
Hechos I Mediante sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo número 218/2018, de fecha 12 de abril de 2018, recaída en el procedimiento derivado de los recursos de casación y extraordinario de infracción procesal, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso de apelación número 303/2013 por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio ordinario número 2414/2010, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 73 de Madrid,
Esta Dirección General, en uso de las facultades que le confiere el artículo 3.º de la Orden del Ministerio de Justicia de 27 de abril de 1981, ha acordado declarar inhábiles los citados días 10, 11 y 12 del presente mes de mayo, a efectos de protesto en todo el territorio nacional. Las actuaciones relativas al protesto que no hubieran podido practicarse dentro del plazo señalado se realizarán dentro de los tres días hábiles siguientes. Madrid, 9 de mayo de 1990.- El Director general, José Cánd
Hechos I Mediante escritura autorizada el día 16 de octubre de 2017 por el notario de Almansa, don Ignacio Javier Torres López, con el número 1.026 de protocolo, se formalizaron las operaciones de la herencia causada por don J. D. V. A efectos de este expediente, interesa hacer constar que la finca señalada como número 11 del inventario es una mitad indivisa de un edificio, pendiente de inscripción, estando inscrita la finca de procedencia con el número de finca registral número 8.063. Al causan
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Miguel Badosa Ricart, don José Gatell Calvo, don Pedro Tantiña Almela, don Carlos Padrisa Singla y don Jurgen Hartmut Muller Muller, en virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Barcelona don Ramon García-Torrent Carballo, el 20 de septiembre de 2017, con el número 3206 de su protocolo. Segundo.Domicilio y ámbito de la Fundación. El domicilio de la Fundación quedó e
Hechos I Mediante escritura otorgada el día 20 de septiembre de 2017 ante el notario de Reinosa, don Jesús Eladio Mantilla Blanco, con el número 999 de protocolo, doña M. R. G. J. y don B. M. G., como dueños de la finca registral número 31.526 del término de Valderredible, declararon una ampliación de obra nueva previa rectificación de la descripción de dicha finca, y solicitaron la inscripción de su representación gráfica georreferenciada catastral. II Presentada dicha escritura en el Registro

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