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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I En escritura autorizada por el Notario de Madrid, don Rodrigo Tena Arregui, el 4 de marzo de 1999, don Carlos Chacón Bustos, en su calidad de Consejero delegado de la entidad mercantil «Caber, Sociedad Anónima», tras reconocer que la citada entidad adeuda a don Javier Entero Nogal, Arquitecto técnico, 1.875.118 pesetas, y a don Fernando Gutiérrez Sanz-Gadea, Arquitecto, 2.129.644 pesetas, en concepto de liquidación de honorarios por trabajos de dirección de obra de un edificio subterrá
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo cuarto e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, ha tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida, y remitir a la Junta de Patronato de la Mutualidad Notarial un certificado de servicios al objeto de que por dicha Junta se fije la pensión y demás beneficios mutualistas que sean procedentes. Lo que comunico a V.I. para su conocimiento, el de esa J
Lo que digo a V. I. para su conocimiento, el de esa Junta Directiva y demás efectos. Madrid, 13 de noviembre de 2002.-La Directora general, Ana López-Monís Gallego. Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Sevilla. 23158
En la página 35376, a continuación del subgrupo XIV. Granada, se crea el siguiente subgrupo: «SUBGRUPO XVI. CÓRDOBA Turno primero. Antigüedad en la carrera 16. Córdoba (por jubilación del señor Soldevilla Blázquez). Distrito del mismo nombre y Colegio de Sevilla.» Y se sustituye el cuarto grupo. Restantes Notarías de Primera Clase, por lo siguiente: «Cuarto grupo RESTANTES NOTARÍAS DE PRIMERA CLASE Turno primero. Antigüedad en la carrera 17. Ávila (por traslado del señor Ruiz Abad). Distrito del
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo cuarto e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, ha tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida, y remitir a la Mutualidad de Previsión Social del Cuerpo de Corredores de Comercio Colegiados un certificado de servicios al objeto de que por la misma se fije la pensión y demás beneficios mutualistas que sean procedentes. Lo que comunico a V. I. p
Esta Dirección General ha acordado, en uso de las facultades atribuidas por el artículo cuarto e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, nombrar para desempeñar el mencionado cargo de Notario Archivero sustituto permanente del Archivo Auxiliar de Catarroja, Colegio Notarial de Valencia, a don Juan Antonio Clavería Manso, Notario con residencia en dicha localidad. Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, el de esa Junta Directiva y demás efectos. Madrid a 4 de marzo de 2003.-La Direct
Esta Dirección General ha acordado, en uso de las facultades atribuidas por el artículo cuarto.e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, nombrar para desempeñar el mencionado cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Monforte de Lemos, Colegio Notarial de Galicia, a don Manuel Arturo Vidal Rodríguez, Notario con residencia en dicha localidad. Lo que digo a V. I. para su conocimiento, el de esa Junta Directiva y demás efectos. Madrid a 13 de enero de 2003.-La Director
Hechos I En procedimiento de expediente de dominio número 106/1998, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Tortosa, promovido por don Pedro Jiménez García y doña Filomena Delgado Araniz para la inmatriculación a su nombre por mitad proindiviso de la parcela sita en L Ametlla de Mar, calle 2, polígono 2, parcela 230 de la urbanización «Tres Calas», fue dictada Sentencia con fecha 28 de septiembre de 2000 en la que se declaró justificado el dominio y se dictó la inscripción en e
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 4.e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, ha tenido a bien acordar la jubilación voluntaria solicitada por el Notario de Lleida, don Antonio Rico Morales, por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años, y remitir a la Junta del Patronato de la Mutualidad Notarial un certificado de servicios al objeto de que por dicha Junta se fijen la pensión y demás beneficios mutualistas que sean procedentes. Lo que comunic
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo cuarto.e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, ha tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida, y remitir a la Junta de Patronato de la Mutualidad Notarial un certificado de servicios al objeto de que por dicha Junta se fije la pensión y demás beneficios mutualistas que sean procedentes. Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, el de esa

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