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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1.f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 2 de febrero de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, María Ángeles Alcalá Díaz.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1 f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado la jubilación voluntaria del mencionado Notario, por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años. Madrid, 24 de junio de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1 f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 22 de marzo de 2010.—La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Este Centro Directivo ha acordado: Primero.–Resolver la provisión de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes con los Registradores que se relacionan en el anexo de la presente resolución. Segundo.–Comunicar esta resolución a las Comunidades Autónomas correspondientes al objeto de que, por el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que deban ocupar plazas situadas en el terr
Como consecuencia de las modificaciones legislativas introducidas por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (BOE 20 de julio), de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y siempre dentro del respeto a las competencias exclusivas estatales, esta Comunidad Autónoma (artículo 147.1.a) ha asumido competencia ejecutiva en materia notarial en relación con las notarias ubicadas dentro de su ámbito territorial. El Reglamento de Organización y Régimen Jurídico del Notariado, de 2 de junio de 194
Esta Dirección General ha acordado, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, nombrar para desempeñar el mencionado cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Miranda de Ebro, Colegio Notarial de Castilla y León, a doña María Esther Tejada Alonso, Notaria con residencia en dicha localidad. Madrid, 9 de diciembre de 2010.-La Directora General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 19
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1.f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 3 de julio de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, por sustitución (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Primero.–Que habiendo sido nombrados por Orden JUS/5/2010, de 12 de enero, los dos Tribunales calificadores de la oposición para obtener el título de Notario, convocada por resolución de 24 de septiembre de 2009 («Boletín Oficial del Estado» del 29), los miembros que los componen han de constituir dichos Tribunales y formular declaración de compatibilidad, a los efectos previstos en el artículo 13 de dicho Reglamento, el día 29 de enero de 2010, a las 12:30 horas, en la sede de la Dirección Gene
Esta Dirección General en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia por incompatibilidad con el cargo de Registrador de la Propiedad. Madrid, 4 de octubre de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1 f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 26 de junio de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.

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