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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, ha acordado declarar al mencionado notario, en situación de jubilación anticipada por incapacidad permanente para el ejercicio de su cargo, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 57 del Reglamento Notarial. Madrid, 11 de marzo de 2011.-La Directora General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del No
Madrid, 17 de mayo de 2011.-La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.
Esta Dirección General ha acordado, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, nombrar para desempeñar el mencionado cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Vélez- Málaga, Colegio Notarial de Andalucía, a doña María Eugenia Rubio Gómez, Notaria con residencia en dicha localidad. Madrid, 18 de mayo de 2011.-La Directora General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdi
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 5 de enero de 2011.-La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General de los Registros y del Notariado, Iván Heredia Cervantes.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, ha acordado la jubilación voluntaria del mencionado Notario, por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años. Madrid, 12 de septiembre de 2011.-La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 23 de abril de 2011.-La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.f) del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 19 de diciembre de 2011.- La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1 f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado la jubilación voluntaria del mencionado Notario, por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años. Madrid, 11 de marzo de 2010.—La Directora General de los Registros y del Notariado, P. S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General de Notariado y de los Registros, Iván Heredia Cervantes.
Madrid, 13 de agosto de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.
Este centro directivo ha acordado: Primero.–Resolver la provisión de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes con los Registradores que se relacionan en el anexo de la presente Resolución. Segundo.–Comunicar esta resolución a las Comunidades Autónomas correspondientes al objeto de que, por el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que deban ocupar plazas situadas en el terr

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