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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
Esta Dirección General en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año. Madrid, 11 de marzo de 2015.-El Director General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 1944), la Subdirectora General del Notariado y de los Registros, Esperanza Castellanos Ruiz.
Hechos I Por virtud de decreto firme, dictado el día 24 de enero de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Alcázar de San Juan, se adjudicó la finca registral número 39.136/10, perteneciente al Registro de la Propiedad de Alcázar de San Juan número 1, a la sociedad «Consumal, S.L.», y en mandamiento de fecha 9 de febrero de 2014 se ordenó la cancelación de la anotación de la que trae causa el procedimiento, así como la de todos los derechos anotados o inscritos con po
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación voluntaria del mencionado Notario, por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 18 de agosto de 2014.-El Director General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Francisco Javier Vallejo Amo.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 14 de julio de 2014.-El Director General de los Registros y del Notariado, Joaquín José Rodríguez Hernández.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 30 de junio de 2014.-El Director General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 1944), el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Francisco Javier Vallejo Amo.
Hechos I En cédula de notificación expedida el 23 de octubre de 2014 por la secretaria del Ayuntamiento de Pinos Puente, acompañada de certificado expedido el 19 de noviembre de 2014 por don J. S. D., Secretario de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada, acreditativo de la sentencia 21/13, recaída en autos de procedimiento ordinario 593/2011, se comunica el acuerdo municipal adoptado en Junta de Gobierno local de 3 de julio de 2014 como consecuencia del acatamiento de dicha sentencia,
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Tomelloso, don Lino Esteban Sánchez-Cabezudo Díaz-Guerra, el día 17 de octubre de 2014 con el número 1.851 de protocolo, se otorgaron operaciones de partición de la herencia de doña M. A. M., fallecida el día 17 de mayo de 2006. Ocurrió su óbito bajo la vigencia de su último testamento, otorgado ante el notario de Socuéllamos, don Andrés Miguel Arroquia Garrido, el día 11 de junio de 1992. En el citado testamento, entre otras disposiciones
Hechos I Se solicita del Registro Mercantil de Jaén la práctica del depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2013 con presentación de la documentación correspondiente. II La referida documentación fue objeto de una primera nota de calificación, que es la siguiente: «El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha resuelto no practicar el depós
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 11 de noviembre de 2014.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 29 de abril de 2015.-El Director General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 1944), la Subdirectora General del Notariado y de los Registros, Esperanza Castellanos Ruiz.

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