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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I Mediante escritura autorizada por la Notaria de Pravia, doña Susana Fernández Rodríguez, el día 3 de junio de 2015, número 433 de protocolo, doña M. A. S. constituyó hipoteca unilateral a favor de la Administración Tributaria para garantizar una deuda tributaria. II Presentada copia autorizada de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Avilés número 2, dicho documento fue calificado con la siguiente nota: «Don Francisco Javier Vallejo Amo, registrador del Registro de la Propie
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación voluntaria del mencionado Notario, por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 20 de octubre de 2015.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 26 de octubre de 2015.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Hechos I Por el Notario de Ceuta, don José Eduardo García Pérez, se autorizó, en fecha 10 de junio de 2015, escritura por la que se elevaban a público los acuerdos del consejo de administración de la empresa «Autobuses Hadú Almadraba, S.L.», adoptados en su reunión de fecha 14 de mayo de 2015, consistentes en la aceptación de la renuncia de un miembro del Consejo de Administración y nombramiento sucesivo de un socio como nuevo vocal hasta su ratificación o no por la Junta general. II Presentada
Visto el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia por incompatibilidad. Madrid, 7 de octubre de 2015.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo
Hechos I Por el Notario recurrente se autorizó, el día 12 de junio de 2015, escritura pública de declaración de obra nueva y compraventa por la que doña C. F. G., sobre la finca de su propiedad, registral número 9.185, declara determinada obra nueva y vende la finca a continuación a los esposos don E. R. S. y doña M. A. S. P. En el apartado de cargas se hace constar la existencia de una servidumbre perpetua de paso de carro a favor de doña M. P. S., constituida en escritura de fecha 4 de noviemb
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Ferrol, don Manuel Aceituno Pérez, de fecha 14 de mayo de 2015, con el número 509 de protocolo, los cónyuges don A. M. R. S. y doña C. G. L. -como arrendatarios- y doña M. M. M. G. -como arrendadora- otorgaron elevación a público de un contrato de arrendamiento de una finca que se describe así: «Vivienda sita (&) perteneciente al Ayuntamiento de Teo, provincia de A Coruña». Y en el contrato, entre otros, a los efectos de este expediente, r
Hechos I El día 8 de octubre de 2014, por doña V. B. S. B., secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valladolid, se libró testimonio del decreto dictado el día 25 de junio de 2014 por la citada secretaria judicial, así como el pertinente mandamiento de cancelación de cargas, derivados de un procedimiento de ejecución directa sobre bienes hipotecados seguido a instancia de «Caixabank, S.A.», contra «Hijos de Arcadio San José, S.L.», como deudora e hipotecante. En dicho procedimient
Hechos I Mediante escritura autorizada por la Notaria de Benalmádena, doña María de las Nieves García Inda, el día 24 de abril de 2015, número 527 de protocolo, doña R. P. M., en nombre y representación de doña J. K., formalizó la adjudicación a favor de ésta de la herencia causada por fallecimiento del esposo de su representada, y referida a un inmueble sito en España; en dicha escritura, doña R. P. M. manifestó que la única hija del causante había sido satisfecha en sus derechos legitimarios m
Esta Dirección General ha acordado, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, nombrar para desempeñar el mencionado cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Andújar y de Lora del Río, Colegio Notarial de Andalucía, a los notarios de dichas localidades, don Francisco De Paula Segura Ortega y doña María Aránzazu Amorós Buqueras, respectivamente. Madrid, 7 de octubre de 2015.-El Director General de los Registros y d

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