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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I El día 9 de marzo de 2018 se presentó en el Registro de la Propiedad de Palencia número 3, con entrada número 282/2018, escrito privado que consta firmado el día 28 de marzo de 2016 por don E. M. C., en nombre y representación de «Asociación Nacional de Consumidores y Usurios Informacu», en el que solicitaba se dejase sin efecto una anotación preventiva de embargo practicada a favor de la Hacienda Pública sobre la finca registral número 11.198/B, y en el que terminaba expresando lo sigu
Hechos I Mediante escritura pública otorgada ante el notario de Gandía, don José Miguel Marzal Gas, el día 17 de enero de 2018, con el número 68 de protocolo, se formalizó la compraventa de la finca registral número 3.684 del término de Villalonga y se solicitó la inscripción de su representación gráfica, incorporándose al título levantamiento topográfico suscrito por ingeniero técnico topógrafo y certificación catastral descriptiva y gráfica al amparo del artículo 199 de la Ley Hipotecaria. Dic
Hechos I Por el notario de Jaén, don Luis Antonio de Loma-Ossorio, Rubio se autorizó el día 16 de marzo de 2018 escritura pública de modificación de uso en la que el otorgante, don J. S. R., manifestaba ser propietario de una finca urbana, ático destinado a oficina integrado en un edificio dividido en régimen de propiedad horizontal. Exponía que deseaba adecuar a la realidad el uso a que ha estado destinado durante los últimos ocho años, que era el de vivienda, de conformidad con el certificado
Hechos I Mediante «escritura de reconocimiento de dominio» otorgada el día 14 de diciembre de 2017 ante el notario de Madrid, don Luis Manuel González Martínez, número de protocolo 1.214, por parte de la sociedad mercantil «Fin Heritage Inversiones en Tenerife, S.L.», debidamente representada, se reconoció el dominio sobre las fincas registrales 10.456 y 8.281 (en la actualidad integrada en la anterior) en favor de don D. K., representado por don F. R. T. Se expresaba en dicho título lo siguient
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ciudad Real se tramitó procedimiento de ejecución hipotecaria número 4/2012 a instancias de «Caixabank, S.A.» contra «Alferbuit, S.L.U.», sobre la finca registral número 8.640 del Registro de la Propiedad de Ciudad Real número 1. Dicha finca se encuentra inscrita a favor de «Urbaser Gestión de Inmuebles, S.L.», por aportación efectuada por la compañía mercantil «Alferbuit, S.L.U.» en escritura otorgada ante la notaria de Ciuda
Hechos I Mediante mandamiento expedido el día 21 de julio de 2016 en vía de apremio por el técnico de Hacienda de determinada Unidad de Recaudación se ordenó al Registro de la Propiedad de Tomelloso la práctica de anotación preventiva de prohibición de disponer sobre determinados bienes inmuebles titularidad de la sociedad «Ce-Ro 12, S.L.», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. II Presentado el día 22 de julio de 2016 dicho mand
Hechos I Mediante acta de protocolización autorizada por el notario de A Coruña, don Enrique Santiago Rajoy Feijoo, el día 6 de febrero de 2018, con el número 242 de protocolo, a instancia de don M. S. P., se protocolizó el auto número 55/2017, de fecha 17 de marzo de 2017, dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santiago de Compostela por el que se acordaba homologar la transacción solicitada por las partes en el procedimiento ordinario número 606/2015, seguido ante dicho Juzgad
Hechos I Por virtud de mandamiento dictado el día 30 de enero de 2018 por el Juzgado de lo Social número 41 de Madrid, en los autos de ejecución número 82/2012, se ordenó la cancelación de la anotación de embargo causada en dicho procedimiento, así como la de las cargas posteriores a la misma, pero, a la fecha de presentación de dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Madrid número 29 -día 21 de febrero de 2018-, la anotación en la que se sustentaba el procedimiento, fechada el día 1
Teniendo en cuenta: Primero. Que la mencionada entidad ha solicitado por escrito de fecha 7 de mayo de 2018 se aprueben las modificaciones introducidas en el modelo de contrato de arrendamiento financiero con opción de compra, con letras de identificación «L-FC», y sus anexos I, «varios arrendatarios y/o más fiadores», y II, «varios bienes objeto del contrato-mayor descripción del bien que figura en la hoja N.º 1», aprobado por Resolución de 29 de marzo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 2
Hechos I Mediante instancia suscrita en Chiclana de Segura por don M. O. R. el día 9 de marzo de 2018, se rectificó la descripción de la finca registral número 9.666 del término de Chiclana de Segura y se solicitó la inscripción de su representación gráfica resultante de informe de validación gráfica de resultado positivo al amparo de los artículos 9 y 199 de la Ley Hipotecaria. Dicha finca constaba inscrita en el Registro con una superficie de 26.000 metros cuadrados, con linderos personales, r

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