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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I El día 31 de mayo de 2018 se otorgó una escritura de elevación a público de acuerdos adoptados el día 30 de diciembre de 2016 por la junta general de accionistas y por el consejo de administración de la sociedad «Labo France Espagne, S.A.», ante el notario de Valencia, don Ubaldo Nieto Carol, con el número 1.148 de protocolo. Entre tales acuerdos figura el nombramiento de consejero delegado de dicha sociedad; y se añade que «en cumplimiento de lo establecido en el artículo 249 de la Ley
Hechos I Mediante escritura otorgada ante el notario de Valencia, don Vicente Juan Escrivá Rubio, el día 22 de febrero de 2018, con el número 461 de protocolo, se solicitó la cancelación de condición resolutoria por el fallecimiento acreditado del acreedor en cuyo beneficio se constituyó dicha condición que grava la finca transmitida, a fin de asegurar la renta vitalicia a cambio de la cual dicho señor transmitió el 50% de la nuda de la propiedad a don A. y doña B. L. L. R. Se hacía constar que
Hechos I Mediante instancia privada suscrita por don M. N. F. R., en su propio nombre y derecho y en el de la comunidad hereditaria de don M. P. R. T. y doña C. L. C., se exponía que la finca registral número 375 del término de Garafia, inscrita a favor de don M. P. R. T. y doña C. L. C. con carácter ganancial, datando la referida inscripción del año 1906, fue objeto de objeto de una doble inmatriculación parcial, por haberse inmatriculado con posterioridad las registrales 2.245/bis, 2.250/bis,
Hechos I Mediante acta autorizada por el notario de Pozuelo de Alarcón, don Adolfo Pries Picardo, con fecha 22 de mayo de 2018, con el número 1.114 de protocolo, se inició la tramitación del expediente previsto en los artículos 201 y 203 de la Ley Hipotecaria para la rectificación de la descripción de la finca número 1.646 del término de Chapinería. II Presentada dicha acta en el Registro de la Propiedad de Navalcarnero número 2, se expidió la pertinente certificación en los siguientes términos:
Hechos I Mediante escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Rodrigo Antonio Tena Arregui, el día 7 de mayo de 2018, con el número 965 de protocolo, don A. R. M., de nacionalidad española, y su esposa, doña C. H., de nacionalidad alemana, compraron el pleno dominio de determinada finca (el primero dos terceras partes y la segunda la tercera parte restante). En la parte relativa a la comparecencia de la escritura, se expresaba lo siguiente: «Su régimen económico matrimonial es el de separa
Hechos I Mediante escritura autorizada por el notario de Valencia, don Fernando Olaizola Martínez, el día 30 de julio de 2018, con el número 1.235 de protocolo, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada «Veterinarios Specivets, S.L.», cuyo objeto social está constituido, entre otras actividades, por «la prestación de asistencia veterinaria en todas sus especialidades», si bien en el mismo artículo de los estatutos relativo al objeto social se dispone que «las actividades
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Francisco Torrent Béjar, doña Setefilla Cruz Medina, doña María de las Nieves Torrent Cruz, doña María Setefilla Torrent Cruz, don Francisco Manuel Torrent Cruz y la entidad mercantil «Aceitunas Torrent S.L.» según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Córdoba don Rafael Díaz-Vieito Piélagos el uno de marzo de 2018 con el número 724 de su protocolo complemen
Hechos I Mediante escritura autorizada el día 21 de septiembre de 2016 por la notaria de Almería, doña María Begoña Martínez-Amo Gámez, con el número 1.650 de protocolo, se formalizó la entrega de un local -en cumplimiento de las obligaciones derivadas de una anterior escritura de permuta- otorgando, como transmitente, por la sociedad «Promociones Ismael Boix, S.L.» (actualmente «La Católica 66, S.L.»), representada por su administrador único (la sociedad «Svic Fomento Orp S.L.», representada po
Hechos I Mediante instancia, suscrita el día 11 de junio de 2018 por doña J. G. H. y don J. F. G., se solicitó la inscripción en el Registro de la Propiedad de Vitigudino de determinados inmuebles a nombre del citado don J. F. G. como heredero único de don J. F. H., ya que el causante otorgó testamento por el que legó a su esposa el usufructo universal vitalicio e instituyó como único heredero a su hijo. II Presentada dicho instancia en el Registro de la Propiedad de Vitigudino, fue objeto de la
Hechos I En El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Palma de Mallorca se tramitó el procedimiento ordinario número 795/2010 a instancias de don J. V. R. contra doña A. V. P., «Bahía Azul, S.A.», doña R. M. V. y doña M. R. M. En dicho procedimiento se dictó sentencia el día 28 de julio de 2014 por la que, estimando la demanda, se declaró la nulidad de la escritura de compraventa de fecha 20 de diciembre de 1985 y de la consiguiente inscripción registral, y se declaró el dominio de la finca 3

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