Última revisión
Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V1671-17 de 29 de Junio de 2017
Relacionados:
Órgano: Dirección General de Tributos
Fecha: 29/06/2017
Num. Resolución: V1671-17
Normativa
Ley 19/1991 art. 4-Ocho-Uno
Cuestión
Posibilidad de exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y, en su caso, de las reducciones previstas en el artículo
Descripción
Titular de farmacia en jubilación parcial.
Contestación
En relación con las cuestiones planteadas, este Centro Directivo informa lo siguiente:
El Tribunal Supremo, en Sentencias de 12 de marzo y 10 de junio de 2009, declaró que la existencia de pensión de jubilación es cuestión ajena a la normativa tributaria por lo que, si concurren los requisitos legales establecidos para el beneficio tributario, la percepción de aquella no es obstáculo para la procedencia de este.
Consiguientemente y dado que conforme a los términos del escrito de consulta se cumplen los requisitos que detalla el artículo
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo