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Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V1384-12 de 27 de Junio de 2012
Resolución
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Legislación
Órgano: Dirección General de Tributos
Fecha: 27/06/2012
Num. Resolución: V1384-12
Normativa
Cuestión
Posibilidad de practicar la deducción por las obras de mejora realizadas en la vivienda.Descripción
El consultante ha llevado a cabo obras de mejora, entre 2011 y 2012, en la vivienda que desde hace ocho años constituye la residencia habitual de su familia, de la cual es propietario un familiar que no reside en dicha vivienda. Tiene intención de adquirirla próximamente.Contestación
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobada por laEfectivamente, en un primer momento, esta disposición adicional vigésima novena fue añadida a la Ley del Impuesto por el artículo
"Disposición adicional vigésima novena. Deducción por obras de mejora en la vivienda habitual.
Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros anuales, podrán deducirse el 10 por ciento de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del
La consideración de vivienda habitual, con el alcance que de ella establece el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, requiere la concurrencia en el contribuyente con carácter general de dos requisitos: la adquisición de su pleno dominio, aunque éste fuera compartido, y que constituya o vaya a constituir su residencia habitual durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
Posteriormente, mediante el apartado uno de la disposición final primera del
"Disposición adicional vigésima novena. Deducción por obras de mejora en la vivienda.
Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 71.007,20 euros anuales, podrán deducirse el 20 por ciento de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del
Por tanto, como se ha indicado, en ambos momentos temporales de aplicación de la deducción y de realización de las obras de mejora se requiere ser propietario de la vivienda para podar practicarla, circunstancia que al no concurrir en el consultante le impide acogerse a la misma.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo