Última revisión
Resolución de Tribunal Económico Administrativo Regional, 5/02968/2018/00/00 de 26 de Febrero de 2021
Relacionados:
Órgano: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha: 26/02/2021
Num. Resolución: 5/02968/2018/00/00
Resumen
IVA. Operación vinculada socio-sociedad que realiza actividades exentas (servicios médicos) y no exentas de IVA.
Contestación
Criterio:Los efectos de la operación vinculada declarada, dentro del ámbito material de las actuaciones, deben ser todos los que naturalmente resulten de la misma, tanto favorables como desfavorables.
Reconocer la posibilidad de que la obligada se deduzca las cuotas soportadas de IVA una vez que reciba el documento justificativo en el que se rectifiquen las cuotas inicialmente repercutidas por el socio, y diferir esta deducción a una actuación posterior de la obligada, tratándose de un concepto y periodos incluidos en la extensión de las actuaciones, no es acorde con el tratamiento que la jurisprudencia da al principio de íntegra regularización.