Última revisión
31/05/2016
Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi 098/2016 de 31 de mayo de 2016
Relacionados:
Órgano: Comisión Jurídica Asesora de Euskadi
Fecha: 31/05/2016
Num. Resolución: 098/2016
Cuestión
Reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos por doña OCA como consecuencia de la asistencia sanitaria prestada por Osakidetza-Servicio vasco de salud.Contestacion
DICTAMEN Nº: 98/2016
TÍTULO: Reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos por
doña OCA como consecuencia de la asistencia sanitaria prestada por
Osakidetza-Servicio vasco de salud
ANTECEDENTES
1. Por oficio de 17 de marzo de 2016 del Director General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud (en adelante, Osakidetza), con entrada en esta Comisión el día
31 de marzo, se somete a consulta la reclamación de responsabilidad patrimonial
por los daños sufridos por doña ? (OCA) como consecuencia de la asistencia
sanitaria prestada por Osakidetza-Servicio vasco de salud.
2. La interesada, según expone en su escrito, basa su reclamación en lo que
considera una demora en la asistencia prestada por Osakidetza, que indujo a
producirle un agravamiento en la afección que padecía en ambos riñones,
habiendo tenido que serle extirpado finalmente uno de ellos.
3. La indemnización solicitada la cuantifica, de manera provisional, en 300.000 ?.
4. El expediente remitido consta, además de diversas comunicaciones y justificantes
de las mismas, de la siguiente documentación relevante: el escrito de
reclamación, con documentación sanitaria adjunta; la historia clínica de la
paciente de los hospitales en que fue asistida, ? y ?; informe médico del jefe del
Servicio de urología del Hospital ?; el informe de la Inspección médica; escritos
de la interesada solicitando ampliación del plazo de alegaciones, y resolución de
ampliación del mismo; y la propuesta de resolución desestimatoria.
INTERVENCIÓN DE LA COMISIÓN
5. Es preceptiva la intervención de esta Comisión al tratarse de una reclamación de
responsabilidad patrimonial por un importe superior a dieciocho mil euros,
conforme a lo que dispone el Decreto 73/2011, de 12 de abril, que actualiza el
límite mínimo de la cuantía en los asuntos a que se refiere el artículo 3.1.k) de la
Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi.
RELATO DE HECHOS
6. Tomando en consideración la instrucción practicada, son relevantes para la
resolución del supuesto planteado las siguientes circunstancias fácticas.
7. La interesada era paciente del Servicio de urología del Hospital ? desde el año
2009, en el que fue diagnosticada de litiasis renal bilateral y riñón medular en
esponja (enfermedad de Cacchi-Ricci), por lo que se llevaban a cabo controles
periódicos con urografías, ecografías abdominopélvicas, urocultivos, etc. Las
ecografías objetivaban riñón medular en esponja y presencia de nefrocalcinosis
bilateral sin repercusión sobre vías excretoras.
8. El 23.01.2014 acudió a urgencias del Hospital ? por un episodio de hematuria
macroscópica. Con impresión diagnóstica de hematuria e infección de tracto
urinario (ITU) se recogió urocultivo y se pautó antibioterapia, recomendándosele
consulta preferente con el urólogo. El 30.01.2014 fue vista por el especialista
(adelantándose la cita programada), quien constató la mejoría clínica de la
paciente (estaba asintomática tras la antibioterapia seguida) y solicitó Uro-TAC
preferente, citología y urocultivo de control, pautando tratamiento con
nitrofurantonía durante tres meses. la Uro-TAC se realizó el 7.02.2014,
objetivando cálculos coraliformes en ambos riñones con permeabilidad de la vía
excretora y sin evidencia de otras alteraciones, así como colelitiasis ya conocida.
9. La paciente fue vista nuevamente el 13.03.2014 en consulta de urología,
valorándose el resultado de la Uro-TAC y de una RX abdominal simple realizada
que mostró litiasis coraliforme completa bilateral que se continuaba en uréter
proximal izquierdo. La especialista explicó a la paciente los hallazgos y llevó el
caso a sesión clínica del Servicio de urología, citándole en una semana, una vez
adoptada decisión terapéutica.
10. El 17.03.2014 la paciente acudió a urgencias del Hospital ?, remitida por su
médico de familia, por un cuadro de 3 días de evolución consistente en dolor en
fosa renal izquierda con febrícula y escalofríos en las últimas horas, sin clínica
miccional asociada ni otros síntomas acompañantes. Con impresión diagnóstica
de pielonefritis aguda izquierda, se pautó antibioterapia por vía intravenosa y se
decidió su ingreso a cargo de urología para continuación de tratamiento y control
evolutivo. La paciente permaneció ingresada hasta el 21.3.2014 con mejoría
clínica y analítica. Se le propuso realización de nefrolitotomía percutánea (NLP),
que aceptó, realizándosele el estudio preoperatorio. El 21.03.2014, ya afebril, la
paciente fue dada de alta a la espera de cita para intervención programada,
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pautándose tratamiento con Denvar400 mgr /24 h., Acalka 1 comp/S h y
Paracetamol 1 gr/6-8 h en caso de dolor o fiebre.
11. El 3.04.2014 acudió a urgencias del hospital por cuadro de dolor continuo en fosa
renal izquierda, sin fiebre. Con impresión diagnóstica de cólico renal y
comprobada su buena evolución (asintomática con paracetarnol) se decidió alta
con observación domiciliaria e indicación de volver a urgencias en caso de fiebre,
dolor o empeoramiento de su estado general.
12. El 6.4.2014 volvió a urgencias por cuadro febril de 24 h de evolución, asociado a
dolor en región lumbar izquierda y ligera hematuria macroscópica, sin
sintomatología miccional. Tras las exploraciones practicadas ?entre ellas una
ecografía que objetivó la litiasis renal coraliforme bilateral e hidronefrosis izquierda
severa sin variaciones significativas con respecto a exploración previa de
17.3.2014 y de la que estaba pendiente de intervención quirúrgica? y ante
probable pielonefritis aguda asociada a hidronefrosis, se recogió urocultivo y se
inició tratamiento antibiótico, decidiéndose el ingreso de la paciente en urología.
La paciente permaneció ingresada hasta el 10.04.2014. Su evolución fue
satisfactoria, permaneciendo estable y afebril con medicación oral, y fue dada de
alta hospitalaria con antibioterapia oral y pendiente de intervención quirúrgica, que
se programó para el día 22.04.2014.
13. El 22.04.2014 ingresó para la intervención quirúrgica programada. Se le realizó
NLP derecha incompleta y se dejó catéter doble J derecho. Tras la retirada de la
sonda de nefrostomía se produjo hematuria importante, por la que precisó de
transfusión de dos concentrados de hematíes. Mediante RX de control
(24.04.2014) se verificó la persistencia de restos litiásicos en riñón derecho.
Durante su ingreso se contactó con el Servicio de urología del Hospital ? "para
valoración del caso, dada lo complejidad del mismo y la necesidad de todo el instrumental
endourológico disponible". La paciente fue dada de alta el 9.05.2014 asintomática y
con buen estado general, destacando en su analítica al alta una creatinina de
1,76, una hemoglobina de 9,7. gr. y un hematocrito de 29,8% y con cita en
consultas de urología del Hospital ? para el 27.05.2014.
14. El 19.05.2014 acudió a urgencias del Hospital Basurto por cuadro de dolor lumbar
izquierdo asociado a síndrome febril, ingresando en urología con diagnóstico de
pielonefritis aguda izquierda, insuficiencia renal crónica y ureterohidronefrosis
bilateral. Mediante ecografía abdomino-pélvica se objetivó la presencia de
cálculos coraliformes en ambos riñones con litiasis en unión urétero piélica
derecha y en la pelvis renal izquierda de 3,6 cm, así como hidronefrosis renal
bilateral. Durante su ingreso se pautó antibioterapia intravenosa y tratamiento
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médico sintomático y se valoró la realización de nefrostomía (para lo que se
obtuvo consentimiento informado y se solicitó estudio preanestésico), pero
posteriormente se decidió no hacer derivación ante la mejoría de los datos
analíticos (creatinina, procalcitonina, PCR, leucocitos), a la espera de la consulta
con urología del Hospital ?. Constatada esa mejoría y controlado el dolor, fue
dada de alta el 26.05.2014.
15. El 27.05.2014, en la consulta de urología del Hospital ? se le propuso a la
paciente tratamiento mediante nefrolitotomía percutánea en riñón derecho y
colocación de catéter doble J en riñón izquierdo, que aceptó. El 11.06.2014 fue
intervenida quirúrgicamente en el Hospital ?, realizándose ECIRS derecha
(acceso endourológico simultáneo transuretral y percutáneo), dejando dos
nefrostomías derechas por cálices medio e inferior y catéter doble J derecho. No
se consiguió colocar catéter doble J en el riñón izquierdo, por lo que finalmente se
dejó nefrostomía (a través de la cual se realizó seguimiento postoperatorio de la
diuresis del riñón izquierdo que en quirófano se apreció atrófico,con muchas
cavidades y escaso parénquima) y con gran litiasis en su interior. Se retiró una de
las nefrostomias derechas sin incidencias pero, tras retirada de la segunda
nefrostomía derecha, presentó importante sangrado con anemización, por lo que
requirió trasfusión de dos concentrados de hematíes y tratamiento mediante
embolización por parte del Servicio de radiología intervencionista (18.06.2014).
Ante la persistencia de la hematuria, tuvo que ser intervenida de urgencia
(19.06.2014) para desobstrucción de vía urinaria derecha, colocándose catéter J
simple derecho y requiriendo nuevamente transfusión de un concentrado de
hematíes. Posteriormente, se intervino de nuevo para recambio de dicho catéter
por catéter doble J derecho (25.06.2014), objetivándose hematuria franca durante
la intervención. En los días siguientes presentó hematuria por nefrostomía
izquierda y, dado que se trataba de un riñón atrófico, se decidió finalmente
realizar una nefrectomía radical izquierda, que se llevó a cabo el día 2.7.2014,
siendo dada de alta hospitalaria la paciente el 10.07.2014. Posteriormente, la
paciente siguió siendo controlada por el Servicio de urología del Hospital ?.
CONSIDERACIONES
I ANÁLISIS DEL PROCEDIMIENTO
16. Para el examen del expediente instruido ha de estarse a lo que establecen el
título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en adelante,
LRJPAC), y el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, que aprueba el
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Reglamento de los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial de
las administraciones públicas (en adelante, el Reglamento).
17. Sin problemas de legitimación y plazo de interposición, la tramitación se ha
realizado de acuerdo con el procedimiento establecido.
18. Así, (i) los actos de instrucción han sido realizados por órgano competente; (ii) se
ha emitido informe por el servicio implicado, en este caso la jefatura del Servicio
de urología del Hospital ?; (iii) se ha aportado la historia clínica de la paciente en
el citado hospital, así como en el de ?; (iv) ha emitido informe la Inspección
médica; (v) se ha llevado a efecto el trámite de audiencia; y (vi) se ha redactado la
propuesta de resolución, en este caso desestimatoria.
19. En orden al plazo para resolver y notificar la decisión administrativa, debe
señalarse que el expediente se somete a esta Comisión superado el plazo legal
de seis meses establecido en el artículo 13.3 del Reglamento para resolver y
notificar la resolución.
20. Ello no obstante, como también señala esta Comisión en sus dictámenes,
procede continuar con el procedimiento, ya que tal circunstancia no exime a la
Administración del deber de dictar una resolución expresa (artículo 42.1 LRJPAC)
y, tratándose de un silencio desestimatorio (artículo 142.7 LRJPAC), no existe
vinculación alguna al sentido del mismo (artículo 43.3.b LRJPAC).
II ANÁLISIS DEL FONDO
21. El régimen de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas tiene
su fundamento específico en el art. 106.2 de la Constitución (en adelante, CE) y
se encuentra hoy contemplado en los artículos 139 y siguientes de la LRJPAC,
resultando de aplicación a las reclamaciones que se presenten por los daños
padecidos por el funcionamiento del servicio público de asistencia sanitaria
(disposición adicional duodécima de la LRJPAC, así como en el artículo 21.3 de la
Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación sanitaria de Euskadi).
22. Son requisitos exigidos para apreciar la existencia de responsabilidad patrimonial:
el daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una
persona o grupo de personas; que sea consecuencia del funcionamiento normal o
anormal ?es indiferente la calificación? de los servicios públicos (voz que incluye
a estos efectos, toda actuación, gestión, actividad o tareas propias de la función
administrativa que se ejerce, incluso por omisión o pasividad con resultado
lesivo), sin intervención de elementos extraños que puedan alterar el curso
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causal; la inexistencia de fuerza mayor y que el perjudicado no tenga el deber
jurídico de soportar el daño.
23. Como ha señalado de forma reiterada esta Comisión (por todos, Dictamen
9/2007), debido a las características específicas de la actividad sanitaria, en este
ámbito la imputación del daño a la Administración exige acreditar el
funcionamiento anormal del servicio.
24. Por ello, la cuestión básica suele consistir en la concreción de la noción de
funcionamiento normal en el ámbito de la asistencia sanitaria, para lo que la
doctrina y la jurisprudencia acuden a la locución lex artis ad hoc que supone la
observación detenida del concreto empleo de la ciencia y técnica médicas
exigibles atendiendo a las circunstancias de cada caso ?recursos disponibles,
forma de empleo de dichos recursos y por tanto, estándar razonable de
funcionamiento?.
25. Así, si la actuación practicada resulta ser la indicada conforme a las reglas del
saber y de la ciencia exigible en cada momento para el concreto caso suscitado,
el ciudadano asume a su costa los riesgos inherentes que conlleve la asistencia
sanitaria ofrecida para el restablecimiento de su salud y tiene la obligación jurídica
de soportar el perjuicio padecido.
26. Además, hay que tener en cuenta, como se reconoce jurisprudencialmente, que la
incertidumbre en los resultados es consustancial a la práctica de la medicina y,
por ello, la asistencia sanitaria implica la existencia de una obligación de medios y
no de resultados (entre otras, SSTS de 14 de octubre de 2002 ?RJ 2003\359? y
19 de julio de 2004 ?RJ 2004\6005?). De este modo, los ciudadanos deben
contar, frente a sus servicios públicos de salud, con la garantía de que, al menos,
van a ser tratados con diligencia, aplicando los medios y los instrumentos que la
ciencia médica pone a disposición de las administraciones sanitarias.
27. Esto es, según se viene declarando jurisprudencialmente, ?a la Administración no le
es exigible nada más que la aplicación de las técnicas sanitarias en función del conocimiento
de la práctica médica, sin que pueda sostenerse una responsabilidad basada en la simple
producción del daño, puesto que en definitiva lo que se sanciona en materia de
responsabilidad sanitaria es una indebida aplicación de medios para la obtención del resultado,
que en ningún caso puede exigirse que sea absolutamente beneficioso para el paciente? (STS
de 16 de marzo de 2005 ?RJ 2005, 5739?).
28. Como el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración
sanitaria exige en estos casos la acreditación de la infracción de la lex artis ad
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hoc, en este tipo de reclamaciones la prueba pericial deviene insoslayable, por lo
que cobran importancia fundamental los informes técnicos relativos a la actuación
médica y situación del paciente.
29. Expuestas las precedentes consideraciones, procede abordar su aplicación al
caso planteado cuyo análisis se aborda a continuación, partiendo de que la
valoración de si los profesionales sanitarios actuaron de acuerdo con la lex artis
ad hoc requiere, como se ha señalado, el examen de los informes médicos que
contienen los datos relevantes en cuanto a la asistencia prestada a doña OCA, la
ponderación de los actos médicos y la relación de causalidad entre los mismos y
el daño por el que se reclama.
30. Sistematizando las quejas que enarbola la reclamante respecto a las asistencias
prestadas por Osakidetza a su persona ?diagnosticada de litiasis coraliforme
bilateral y severa hidronefrosis renal izquierda y tras la cirugía practicada empeoró
su situación, con hidronefrosis e importantes cálculos coraliformes en ambos
riñones?, detalla aspectos como: una intervención quirúrgica en riñón derecho
(nefrolitotomía percutánea) a la que se sometió en el Hospital ? (urología) el día
22 de abril del 2014, con resultados desastrosos para la paciente "al moverse el
catéter al interior de la vejiga, provocando una gran dilatación del mismo y, en realidad, un
empeoramiento de su situación previa?.
31. Otras consideraciones más concretas, son:
a)Hubo una demora injustificable desde que se le diagnosticaron los cálculos en
ambos riñones (7.2.2014), mediante TAC en el Ambulatorio de ?, hasta que se
realizó la intervención (22.4.2014), lo que provocó que esos cálculos se
complicaran en extremo hasta provocar una severa hidronefrosis izquierda
(6.4.2014).
b)Se le intervino en primer lugar el riñón derecho, que era el menos afectado con
carácter previo, en lugar del izquierdo que era el que a priori presentaba una
hidronefrosis severa y ahora sufre un cálculo enorme de 3,6 cm. Y a
consecuencia de la intervención ha empeorado el cuadro de dicho riñón en el
que, dada su situación tras esa operación, "repetir una intervención similar ya no es
aconsejable, por el riego de dañar la función renal del paciente. La relación coste beneficio
no lo hace viable. O no se atreven".
c)Al no ser intervenido a tiempo, el riñón izquierdo tuvo que ser posteriormente
(julio del 2014) extirpado.
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32. Hay que afirmar que las consideraciones de la paciente no se acompañan de
ningún informe pericial sanitario que las avale. Y por el contrario, los informes
sanitarios que se extraen de la documentación incorporada al expediente dan
cuenta de una situación previa muy compleja en la salud de la paciente, así como
recopilan las atenciones que se le prestaron a lo largo del tiempo en que había
sido asistida de su padecimiento y, con más detalle, del periodo concreto al que
se circunscribe su reclamación.
33. En primer lugar, el informe médico del jefe del Servicio de urología del Hospital ?
señala: los antecedentes y tiempo desde el que la paciente estaba siendo
sometida a controles periódicos; la intervención que se le propuso y aceptó desde
que se le diagnosticó litiasis coraliforme completa bilateral; la características,
incidencias y diagnóstico posterior a la intervención habida; la remisión a
valoración del servicio homólogo del centro hospitalario de ?; los hallazgos
resultantes del control ?cálculos en ambos riñones con litiasis en unión uretero
derecha y en pelvis renal izquierda, hidrofrenosis reanal bilateral?; sometimiento
a control del Hospital ?.
34. Y sobre la razón de que se priorizara la intervención en el riñón izquierdo señala
en concreto: ?Revisado su caso en Sesión Clínica, se decide operar primero el riñón derecho
por ser el de menor masa litiásica y mejor función?.
35. La Inspección médica, por su parte, deja en primer lugar constancia de los datos
de identificación de la paciente, de los fundamentos en que se basa la
reclamación y de las fuentes del dictamen.
36. Asimismo, este informe de la Inspección médica desarrolla una serie de
consideraciones médicas previas en torno a las diversas cuestiones que plantea
la compleja situación sanitaria afectante a la interesada.
37. Expone las características de la enfermedad de Cachi-Ricci o meduloespongiosis
renal, de detección muchas veces secundaria a otras causas, que requiere de
control por riesgo neoplásico.
38. Se adentra en la litiasis renal, asintomática en gran parte, tratable conforme al
tamaño por distintos remedios, teniendo que ser activo por encima de los 7mm.
Se da cuenta de la composición de los cálculos, de las singularidades de los
coraliformes, focos de sepsias y complicaciones. Los tratamientos pueden ser por
ondas, nefrolitotomía percutánea y cirujía.
39. Respecto de las técnicas de intervención, indica que la nefrolitotomía percutánea
(NLP) se realiza por endoscopia; en 1985 fue en gran parte sustituida por el
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tratamiento de ondas, aunque ha vuelto para litiasis de gran tamaño. Se describen
las fases de la intervención, así como sus complicaciones. Se detalla la cirugía
endoscópica renal combinada y las posiciones que se han ido aplicando a los
pacientes para ser intervenidas, destacando una que se aplica en el Hospital ?.
40. Se describen las características del catéter doble J, los casos indicados de su
aplicación, su efecto dilatador, las utilidades complementarias, el diseño y sus
posibles efectos adversos (migración, rotura,?). Entre estos se especifica el
desplazamiento, sus clases y causas.
41. Atendiendo a las quejas concretas que la reclamante aduce, realiza el informe de
la Inspección médica consideraciones que se pueden especificar.
42. Así, con respecto a la presunta demora ?o periodos de demora? que se pudieron
producir, señala el informe:
?El proceso asistencial que motiva la presente reclamación se inició el 30.01.14
cuando la interesada fue vista, por el urólogo ?adelantándose la cita que tenía
programada?, tras un episodio de infección de orina con hematuria
macroscópica por el que había acudido una semana antes a urgencias del
Hospital de ? [pág. 200]. En esa consulta de urología se solicitó Uro-TAC
preferente, citología y urocultivo de control, pautándose tratamiento con
nitrofurantoína durante tres meses [pág. 288]. Los resultados de la TAC que
objetivó la presencia de cálculos coraliformes en ambos riñones con
permeabilidad de la vía excretora y sin evidencia de otras alteraciones (pág 474)
y de una RX simple de abdomen que había mostrado la litiasis coraliforme
completa bilateral que se continuaba en uréter proximal izquierdo, fueron
valorados por el urólogo en la consulta de fecha 13.03.14. Por otra parte,
persistía la hematuria. La especialista explicó a la paciente los hallazgos y llevó
e! casa a sesión clínica de su servicio citándole en una semana, una vez
adoptada la decisión terapéutica [pág. 288].
Antes de esa cita, la paciente volvió a urgencias del Hospital el 17.03:14,
remitida por su, médico de familia [pág. 469] por un cuadro de 3 días de
evolución consistente en dolor en fosa renal izquierda con febrícula y escalofríos
en las últimas horas, sin clínica miccional asociada ni otros síntomas
acompañantes. Se practicaron análisis de sangre (destacando una PCR de
11,28, con leucocitosis de 15.000 y desviación izquierda), de orina, y RX de
tórax y abdomen (con resultado similar a las previas) así como ecografía
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abdomino-pélvica cuyo resultado fue: `litiasis en unión vesicoureteral izquierda
que condiciona dilatación retrógrada del sistema excretor, objetivando dilatación
de grupo calicial superior e inferior del riñón izquierdo. Cálculos coraliformes en
ambos riñones´ [pág. 2521. Con impresión diagnóstica de pielonefritis aguda
izquierda, se pautó antibioterapia por vía intravenosa y fue ingresada para
continuación de tratamiento y control evolutivo [págs. 470-473). En el transcurso
de dicho ingreso ?que se prolongó hasta el 21.3.14?, se le propuso realización
de nefrolitotomía percutánea (N.L.P.), que la paciente aceptó [págs. 435-436],
realizándoselé el estudio preoperatorío [págs. 439-441]. La intervención
programada se llevaría a cabo el 22.04.14.
En principio, no puede calificarse como injustificada la demora de una
intervención quirúrgica de litiasis renal (22 de abril) que se realiza un mes
después de ser programada (21 de marzo), tras una primera valoración del
especialista (13 de marzo) y previa evaluación del caso en sesión clínica del
servicio de urología. La paciente, como cualquier otra tributaria de cirugía
programada, ingresó en la correspondiente lista de espera y la demora fue, en
este caso, mínima. El tratamiento mediante NLP ?como en general toda la
cirugía de litiasis renal?, no reviste carácter de urgencia y en este caso en
particular no había clínica alguna de afectación de la función renal, en el
momento en que se indicó la cirugía. Prueba de ello es que en la evaluación
preoperatoria del servicio de anestesia de fecha 18.3.14 se definió el riesgo ASA
de la paciente asignándole un `2´ que corresponde a un paciente con `patología
con repercusión sistémica leve o moderada´ ?en una escala de 1 a 5, en la que
"1" es "paciente sana, ninguna patología"?, y la analítica previa más reciente
(realizada con motivo del ingreso del 17.3.14) objetivaba que no- había
afectación de función renal: creatinina 1.01 mg/di (normal: 0.40 - 1.1), urea 43
mg/dL (normal: 10 __50] (págs. 439-441].
La demora, aun siendo muy escasa, hubiera sido desde luego menos aceptable
si, mientras tanto, el estado de salud de la paciente se hubiera ido deteriorando
pro-gresivamente sin solución posible para sus dolencias. Desde un punto de
vista clínico, no fue ese el caso. No consta queja alguna de la paciente ni
demanda en ese sentido respecto a un proceso asistencial que, por el contrario,
parece que fue asumido por la paciente con bastante naturalidad. Consultado su
historial de atención primaria consta como el 14.03.14, al día siguiente de la
consulta con el urólogo informó de su resultado a su médico de familia [pág. 79]
y cómo el día 14.04,14 le informó de la fecha de la cirugía [pág. 80].
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6.2.- No se acredita ni hay base para sostener que ese intervalo de tiempo entre
el diagnóstico e indicación de NLP para su litiasis coraliforme y la fecha en que
se llevó a cabo produjeran un cambio significativo en los cálculos que
complicara su extracción. El tamaño de los cálculos puede hacer más o menos
trabajoso el procedimiento pero si la NLP está indicada para la mayoría de las
litiasis coraliformes es, precisamente, porque son de gran tamaño (es ese uno
de sus rasgos característicos). Si la nefrolitotomía no pudo completarse fue
porque, según se describe en el protocolo quirúrgico, tras acceder al riñón
derecho por vía percutánea y transuretral (con la paciente en «posición
Galdácano"), con punciones guiadas con ecografía y escopia y tras haber
limpiado cáliz inferior y pelvis renal con litotricia láser `se intenta acceder a cáliz
medio y superior pero es imposible a pesar del cistoscopio flexible´ [pág. 375].
Se le colocó un catéter doble J. Más tarde, por una hematuria importante al
retirarle la sonda de nefrostomía requirió transfusión de dos concentrados de
hematíes [pág. 374]. La paciente presentó entonces datos de insuficiencia renal
(con cifras de creatinina en torno a 2,4-2,6 mg/dL) y requirió de sonda uretral.
Una TAC abdomino-pélvica (2.05.14) objetivó migración dista! del catéter doble
J (`enrollado en el interior de la vejiga´) así como la presencia de `abundantes
restos hemáticas en el sistema colector y excretor del riñón derecho que
condicionan dilatación importante del mismo´ y de `cálculos coroliformes
bilaterales, que condiciona dilatación del sistema colector izquierdo ya conocida,
y calcificaciones en relación con riñón medular´ [pág. 235]. Ese mismo día, tras
hidratación y retirada de sonda vesical la paciente expulsó coágulos y el catéter
[pág. 302], con mejoría clínica.
(?)
6.3.- Es menos evidente el resultado de la evaluación clínica de la paciente en el
intervalo de tiempo entre la fecha de indicación quirúrgica y la del ingreso para
la cirugía programada, período en el cual acudió al Hospital de ? en dos
ocasiones:
El 3.4.14 acudió a urgencias del hospital por cólico renal, sin fiebre,
apreciándose buena evolución (`asintomática tras toma de paracetamol´) y con
analítica sin alteraciones (creatinina 0.83 mg/dl, urea 35 mg/dl) por lo que fue
dada de alta con observación domiciliaria e, indicación 'de volver a urgencias en
caso de fiebre, dolor o empeoramiento, recomendando control por urólogo y
MAP [págs. 242-243].
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El día 6,4.14 la paciente volvió a urgencias, en esta ocasión con cuadro febril de
hasta 399C, de 24 h. de evolución, asociado a cólico renal con hematuria y la
ecografía entonces practicada objetivó la presencia de la litiasis bilateral ya
conocida así como de severa hidronefrosis renal izquierda, sin variaciones
significativas con respecto a exploración previa de 17,3.14 [pág. 2411. La
analítica entonces tampoco mostraba hallazgos sugestivos de fallo renal
(`Bioquímica: glucosa, creatinina y urea sin hallazgos´}, por lo que ante su
buena evolución fue dada de alta el 10.04.14, con diagnóstico de pielonefritis
aguda e hidronefrosis renal izquierda, pendiente de la NLP, que se programó
para el día 22.04.14 [págs.237-238].
La documentación clínica analizada no aclara cómo fue evaluada por los
urólogos la situación de la paciente o como se interpretaron esos informes
radiológicos, el segundo de los cuales (6.4.14) alude a una ecografía anterior en
la cual, sin embargo, no se indicaba que la paciente tuviera ya una `severa
hidronefrosis´ limitándose a constatar una `dilatación retrógrada del sistema
excretor´ del riñón izquierdo [pág. 252]. Tanto si la redacción diferente de ambos
informes refleja sólo dos formas de expresar lo mismo, por parte de dos
radiólogos distintos, como si entre ambos informes ecográficos lo que se estaba
reflejando era una evolución hacia la hidronefrosis en riñón izquierdo, lo que
parece claro es que por parte del servicio de urología no se consideró que esas
imágenes ecográficas debieran condicionar un cambio en la actitud terapéutica
ya programada. [págs. 335-336].?
43. Respecto del desplazamiento del catéter, aspecto sobre el que se fija la
reclamación otro de sus puntos, señala el informe:
?A juicio de la interesada fue el desplazamiento del catéter al interior de la vejiga
lo que provocó un empeoramiento de su situación previa. Lo cierto es que la
migración distal ?hacia vejiga?, de un catéter doble J es un incidente
relativamente recuente y, a diferencia de lo que ocurre con las migraciones
proximales, ni tiene un efecto lesivo importante ni es de difícil solución. En este
caso, el catéter fue expulsado espontáneamente por la paciente con la orina. En
cuanto al sangrado, es una complicación frecuente en la NLP, riesgo del que ya
estaba informada (y que volvería a producirse en los procedimientos de litotricia
a los que se sometió posteriormente en otro centro) y que se solucionó también
satisfactoriamente. No se acredita desatención, error o malpraxis en la
intervención de NLP practicada a la paciente el 22.4.14. A la vista de las
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dificultades para la resolución del cálculo Iitiásico y de la repercusión progresiva
sobre su función renal, la decisión de los urólogos del Hospital de ? de derivar
a la paciente al servicio de urología del Hospital de ?, de acreditada reputación
en el tratamiento de la litiasis renal, fue razonable y acorde a la lex artis.?
44. Con respecto a la queja de que se le practicara la intervención con preferencia en
el riñón derecho, desatendiendo o posponiendo la del riñón izquierdo, que estaba
más afectado, siendo finalmente tenido que extirpar, considera el informe diversos
aspectos:
?La interesada reprocha que se le interviniera en primer lugar el riñón derecho
`que era el menos afectado con carácter previo en lugar del izquierdo que era el
que a priori presentaba una hidronefrosis severa´, achacando a esa decisión el
que este riñón izquierdo "que no se intervino a tiempo, tiene que ser extirpado,
ya en julio del 2.014". Fue en el transcurso del breve ingreso (7-70.04.14)
anterior al del ingreso programado para la realización de la nefrolitotomía
percutánea (NLP), cuando el servicio de urología de ? volvió a revisar su caso
en sesión clínica y cabe suponer que sería entonces cuando se decidió
intervenir en primer lugar el riñón derecho [pág. 312]. Curiosamente, se volvió a
recabar el consentimiento informado de la paciente para la NLP
?consentimiento del que ya disponían?, si bien en ese documento nuevamente
suscrito por la interesada (págs, 424-4251 no se hace mención a la lateralidad
de la intervención previstas. Ninguno de los Informes de alta (ni el de 10.4.14 ni
el de 9.5.14, tras la NLP) hacen referencia a ello. Sobre esta cuestión, el jefe del
servicio de urología, en su informe complementario, señala que se decidió
actuar sobre el riñón derecho precisamente por ser el que presentaba una
menor masa litiásica y conservaba una mejor función´ (pág. 25]. Pero no explica
si, a su juicio, el deterioro de la función del riñón izquierdo pudiera haberse
evitado con una actitud más precoz sobre el mismo, que es justamente lo que
sugiere la interesada. De hecho, ese informe complementario del jefe de
servicio de urología no aporta explicación alguna sobre la "corrección de la
asistencia prestada" [pág. 20].
La hidronefrosis es un tipo especial de atrofia renal que cursa con dilatación de
pelvis y cálices renales como resultado de una obstrucción al flujo de la orina
?por obstáculo mecánico o funcional?, en alguna parte de las vías urinarias. En
este proceso los cálices renales se alteran y la concavidad normal se transforma
en convexidad con aplastamiento de la papila. Estos cambios son inicialmente
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reversibles pero posteriormente atrofian el parénquima. La atrofia hidronefrótica
se observa en las obstrucciones urinarias unilaterales completas de larga
evolución (las obstrucciones completas bilaterales no son compatibles con la
vida ni con una larga evolución). En la nefropatía obstructiva crónica unilateral,
el cuadro clínico puede pasar desapercibido por completo pese a que el riñón
implicado pierda poco a poco función renal e inicie una atrofia hidronefrótica. Si
están afectados ambos riñones desemboca en una insuficiencia renal. La
recuperación de la función renal tras la desobstrución es variable. Aunque la
lesión renal irreversible con fibrosis y atrofia tubular comienza a verse a los 7
días de la obstrucción la recuperación funcional suele ser lo habitual si la
desobstrucción no se demora más allá de 4 semanas.
Podría argüirse que es razonable el criterio de anteponer la NLP sobre el riñón a
priori más accesible (menor masa litiásica) y más funcional tratando de evitar un
deterioro progresivo que le llevara a un estado como el que ya tenía el otro riñón
y que, de hecho, no sería distinto del criterio adoptado un mes después por el
servicio de urología del Hospital de ?, al que fue derivada la paciente tras el
fallido intento (por incompleto) de litotomía en ?. En el Hospital de ? ?donde
fue evaluada dos semanas y media después del alta en el Hospital de ?? se le
propuso actuar mediante nefrolitotomía percutánea también sobre el riñón
derecho y ni siquiera se le planteó una actuación similar sobre el izquierdo, en el
cual se limitarían a colocar un catéter doble J [págs. 693-694). En este riñón se
pudo apreciar además de la gran masa litiásica que lo ocupaba su carácter
atrófico: `En Rl se intenta colocar catéter doble J produciéndose extravasaclón
de orina por lo que finalmente se deja nefrostomía del 10. En los próximos días,
cuantificar la diuresis por Rl ya que en quirófano se objetiva un riñón con
muchas cavidades y escaso parénquima´ [pág. 773]. Pero en esta ocasión, se
estaba actuando ya sobre una paciente con hidronefrosis bilateral, según
ecografía realizada en ? el 20.05.14 [pág. 348], con posterioridad a la NLP
incompleta allí practicada; es decir, en una fase del proceso que no era idéntica
a la que mostraba la paciente en marzo/abril cuando estaba a la espera de su
primera intervención quirúrgica. Pese a que, como se verá a continuación, el
grueso de la actuación quirúrgica urológica a la que se ha sometido esta
paciente ha tenido lugar en el Hospital de ? y no en el de ? ?aunque la
interesada no hace mención alguna a ello en su reclamación de responsabilidad
patrimonial?, y por esa razón consta en el expediente el historial clínico de la
paciente en ambos centros, no se ha recabado informe explicativo del servicio
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de urología del hospital de ? que podría haber arrojado luz sobre esta cuestión
que plantea la interesada. A falta de informes médicos suficientemente
explicativos parece razonable suponer que una actuación específica y precoz de
los. urólogos del Hospital de ? quizá pudiera haber evitado el deterioro
irreversible del riñón izquierdo de la paciente ?que obligó a su extracción?,.
cuya hidronefrosis progresiva había sido detectada semanas antes de la
intervención de NLP que se programó.?
45. Cabría conjeturar, como se ve, sobre los efectos adversos que habría producido
la posposición de la práctica del riñón más afectado, como era el izquierdo, pero
el informe también hace constar, que:
?6.4.- De lo que no cabe duda es de que la afectación litiásica de la paciente era
de gran complejidad, como lo demuestra la secuencia asistencial tras su
derivación al servicio de urología del Hospital de ?, proceso que no estuvo
exento de complicaciones, incluso de mayor severidad que las padecidas en el
hospital de ?.
Aunque la interesada no lo menciona en su reclamación, en el Hospital de ? se
le propuso tratamiento mediante nefrolitotomía percutánea en riñón derecho y
colocación de catéter doble J en riñón izquierdo [págs. 693-694], que la paciente
aceptó. Fue intervenida el 11.06.14 mediante ECIRS derecha (acceso
endourológico simultáneo transuretral y percutáneo) dejando dos nefrostomías
derechas por cálices medio e inferior y catéter doble J derecho. En riñón
izquierdo no se consiguió colocar catéter doble J por lo que finalmente se dejó
sólo nefrostomía [págs. 617 y 773]. Se retiró una de las nefrostomias derechas
sin incidencias pero tras retirada de la segunda nefrostomia derecha presentó
importante sangrado con anemización, por lo que requirió trasfusión de dos
concentrados de hematíes y embolización por parte del Servicio de Radiología
intervencionista (18.06.14). Ante la persistencia de la hematuria, tuvo que ser
intervenida de urgencia (19.06.14) para desobstrucción de vía urinaria derecha,
colocándosele un catéter J simple derecho y requiriendo nuevamente
transfusión de un concentrado de hematíes. Posteriormente, se intervino de
nuevo para recambio de dicho catéter por catéter doble J derecho (25.06.14),
objetivándose hematuria franca durante la Intervención. En los días siguientes
presentó hematuria por nefrostomia Izquierda y dado que se trataba de un riñón
atrófico, fue entonces cuando se decidió realizar una nefrectomia radical
izquierda que se llevó a cabo el día 2.7.14 [págs. 777-778]. Es decir, la
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nefrectomía tuvo que realizarse para resolver una hemorragia producida en
relación con la nefrostomía practicada en el Hospital de ?.?
46. El informe da cuenta de asistencias posteriores en ambos hospitales, con
episodios e intervenciones que requieren de una atención frecuente y continuada:
La paciente ?que seguía controles en consulta de urología del Hospital de ??,
acudió a acudió a urgencias del hospital de ? el 15.11.14 por cuadro de cólico
renal derecho e infección urinaria. Mediante ecografía y RX de abdomen se
objetivó litiasis ureteral derecha y dilatación retrógrada por lo que se le propuso
colocación de catéter doble J dcho., que la paciente rechazó (`alta voluntaria´)
por preferir seguir siendo tratada por el servicio de urología del Hospital de ?
[págs. 185¬187]. Ya en el Hospital de ?, se decidió su ingreso para control
evolutivo y decisión posterior sobre posible derivación urinaria urgente [págs.
737-738] pero dada su buena evolución, se decidió su alta el 18.11.14
quedando pendiente de intervención quirúrgica, que se llevó a cabo el 25.11.14,
con ureterorrenoscopia derecha y colocación de catéter doble J derecho [págs.
723-725]. .
El 5.12.14 la interesada presentó su reclamación de responsabilidad patrimonial
por la asistencia recibida en el servicio de urología del Hospital de ?.
Con posterioridad a la reclamación, consta en el expediente:
- que el 5.1.15, en consulta de nefrología del Hospital de ?, a la que fue
remitida por urología, se constató la mejoría en la función renal, con
proteinuria leve (Creatinina 1.1), Hipovitaminosis p, resto aceptable y
buen estado general [págs. 715];
- que el 8.01.15 se le practicó litotricia extracorpórea por ondas de
choque sobre restos litiásicos [pág. 582];
- que el 6.02.15 se le diagnosticó obstrucción del catéter doble J con
severa ectasia pielocalicial, por lo que se decidió su retirada que se
llevó a cabo el 7.2,15 [págs. 704-707];
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- que el 23.3.15, mediante TAC se objetivaron `múltiples litiasis renales
derechas, la mayor de ellas de 7 mm en tercio inferior´ [págs. 690 y
695];
- que estaba siendo estudiada por el servicio de endocrinología por
presentar cifras elevadas de hormona paratiroidea (PTH) [pág. 690].?
47. A resultas de las consideraciones efectuadas, el informe de la Inspección médica,
concluye:
?- No hay demora relevante en la intervención quirúrgica de litiasis renal
nefrolitotomía percutánea (NLP), llevada a cabo en el Hospital de Basurto el
22.4.14, un mes después de su programación.
- No se acredita desatención, error o malpraxis en la intervención de NLP
practicada a la paciente el 22.4.14, aunque no pudiera completarse el
procedimiento.
- No se acredita que en el intervalo de tiempo entre el diagnóstico e indicación
de NLP y su realización se produjera un cambio significativo en los cálculos que
complicara su extracción. El incidente de migración avejiga de un catéter doble
J, uno de sus posibles efectos adversos de carácter leve, no repercutió
significativamente sobre la evolución de la paciente y se solucionó
espontáneamente.
- No se ha aclarado suficientemente, por parte del servicio de urología del
Hospital de ?, el motivo por el que no se actuó sobre el riñón izquierdo en el
que se había detectado una severa hidronefrosis semanas antes de la
intervención de NLP que se programó, en la que se actuó sobre el riñón
derecho.
- La decisión de los urólogos de ? de derivar a la paciente al servicio de
urología del Hospital de ? fue razonable y acorde a la lex artis.
- La nefrectomía practicada en el Hospital de ? se llevó a cabo para resolver
una hemorragia producida en relación con la nefrostomía previa en el riñón
izquierdo.
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- La litiasis coraliforme de la paciente era de gran complejidad, como lo
demuestra la secuencia asistencial tras su derivación al servicio de urología del
Hospital de ?, proceso que no estuvo exento de complicaciones, incluso de
mayor severidad que las padecidas en el Hospital de ?.?
48. A la vista de la instrucción practicada y los informes e historia clínica que se
recogen en el expediente, atendida la inevitable limitación de la ciencia médica
para detectar, conocer con precisión y sanar todos los procesos patológicos que
puedan afectar al ser humano, en el caso analizado no se aprecia un
funcionamiento anómalo de la Administración sanitaria.
49. Para ello se tiene en cuenta, entre otras cuestiones ya analizadas más
ampliamente en los informes sanitarios: I) que la reclamante basa su acción en
las actuaciones que se desarrollaron en el Hospital Basurto, cuando el grueso de
las complicaciones ?especialmente la necesidad de tener que extirpar su riñón
izquierdo? acaecieron en el Hospital Galdakao; II) el criterio de prioridad de
tratamiento está explicado por el servicio interviniente (y es seguido igualmente
por el servicio análogo del otro centro hospitalario); III) la afección de severa
hidrofrenosis del riñón izquierdo evoluciona positivamente al someterse a
tratamiento, recibiendo el alta médica subsiguiente, no induciendo un cambio de
actitud terapéutica de esperar a la intervención programada; IV) resulta
conjeturado ligar, determinante y retrospectivamente, el resultado final de la
pérdida del órgano renal izquierdo al episodio anterior de la severa hidrofrenosis,
teniendo en cuenta la complejidad y evolución de la enfermedad de la paciente en
el órgano subsistente.
50. En definitiva, la Comisión no puede calificar el daño sufrido por doña OCA como
lesión antijurídica vinculada causalmente al funcionamiento anormal del servicio
sanitario ni, por ello, se puede considerar indemnizable en virtud de lo previsto en
el artículo 139 LRJPAC.
51. Por lo dicho, la Comisión estima que, no habiendo quedado acreditada una mala
praxis sanitaria médica, no es posible reconocer responsabilidad patrimonial de la
Administración sanitaria en el presente supuesto.
CONCLUSIÓN
La Comisión considera que no existe responsabilidad patrimonial de la Administración
sanitaria por los daños sufridos por doña OCA como consecuencia de la asistencia
sanitaria prestada por Osakidetza-Servicio vasco de salud.
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DICTAMEN Nº: 98/2016
TÍTULO: Reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos por
doña OCA como consecuencia de la asistencia sanitaria prestada por
Osakidetza-Servicio vasco de salud
ANTECEDENTES
1. Por oficio de 17 de marzo de 2016 del Director General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud (en adelante, Osakidetza), con entrada en esta Comisión el día
31 de marzo, se somete a consulta la reclamación de responsabilidad patrimonial
por los daños sufridos por doña ? (OCA) como consecuencia de la asistencia
sanitaria prestada por Osakidetza-Servicio vasco de salud.
2. La interesada, según expone en su escrito, basa su reclamación en lo que
considera una demora en la asistencia prestada por Osakidetza, que indujo a
producirle un agravamiento en la afección que padecía en ambos riñones,
habiendo tenido que serle extirpado finalmente uno de ellos.
3. La indemnización solicitada la cuantifica, de manera provisional, en 300.000 ?.
4. El expediente remitido consta, además de diversas comunicaciones y justificantes
de las mismas, de la siguiente documentación relevante: el escrito de
reclamación, con documentación sanitaria adjunta; la historia clínica de la
paciente de los hospitales en que fue asistida, ? y ?; informe médico del jefe del
Servicio de urología del Hospital ?; el informe de la Inspección médica; escritos
de la interesada solicitando ampliación del plazo de alegaciones, y resolución de
ampliación del mismo; y la propuesta de resolución desestimatoria.
INTERVENCIÓN DE LA COMISIÓN
5. Es preceptiva la intervención de esta Comisión al tratarse de una reclamación de
responsabilidad patrimonial por un importe superior a dieciocho mil euros,
conforme a lo que dispone el Decreto 73/2011, de 12 de abril, que actualiza el
límite mínimo de la cuantía en los asuntos a que se refiere el artículo 3.1.k) de la
Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi.
RELATO DE HECHOS
6. Tomando en consideración la instrucción practicada, son relevantes para la
resolución del supuesto planteado las siguientes circunstancias fácticas.
7. La interesada era paciente del Servicio de urología del Hospital ? desde el año
2009, en el que fue diagnosticada de litiasis renal bilateral y riñón medular en
esponja (enfermedad de Cacchi-Ricci), por lo que se llevaban a cabo controles
periódicos con urografías, ecografías abdominopélvicas, urocultivos, etc. Las
ecografías objetivaban riñón medular en esponja y presencia de nefrocalcinosis
bilateral sin repercusión sobre vías excretoras.
8. El 23.01.2014 acudió a urgencias del Hospital ? por un episodio de hematuria
macroscópica. Con impresión diagnóstica de hematuria e infección de tracto
urinario (ITU) se recogió urocultivo y se pautó antibioterapia, recomendándosele
consulta preferente con el urólogo. El 30.01.2014 fue vista por el especialista
(adelantándose la cita programada), quien constató la mejoría clínica de la
paciente (estaba asintomática tras la antibioterapia seguida) y solicitó Uro-TAC
preferente, citología y urocultivo de control, pautando tratamiento con
nitrofurantonía durante tres meses. la Uro-TAC se realizó el 7.02.2014,
objetivando cálculos coraliformes en ambos riñones con permeabilidad de la vía
excretora y sin evidencia de otras alteraciones, así como colelitiasis ya conocida.
9. La paciente fue vista nuevamente el 13.03.2014 en consulta de urología,
valorándose el resultado de la Uro-TAC y de una RX abdominal simple realizada
que mostró litiasis coraliforme completa bilateral que se continuaba en uréter
proximal izquierdo. La especialista explicó a la paciente los hallazgos y llevó el
caso a sesión clínica del Servicio de urología, citándole en una semana, una vez
adoptada decisión terapéutica.
10. El 17.03.2014 la paciente acudió a urgencias del Hospital ?, remitida por su
médico de familia, por un cuadro de 3 días de evolución consistente en dolor en
fosa renal izquierda con febrícula y escalofríos en las últimas horas, sin clínica
miccional asociada ni otros síntomas acompañantes. Con impresión diagnóstica
de pielonefritis aguda izquierda, se pautó antibioterapia por vía intravenosa y se
decidió su ingreso a cargo de urología para continuación de tratamiento y control
evolutivo. La paciente permaneció ingresada hasta el 21.3.2014 con mejoría
clínica y analítica. Se le propuso realización de nefrolitotomía percutánea (NLP),
que aceptó, realizándosele el estudio preoperatorio. El 21.03.2014, ya afebril, la
paciente fue dada de alta a la espera de cita para intervención programada,
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pautándose tratamiento con Denvar400 mgr /24 h., Acalka 1 comp/S h y
Paracetamol 1 gr/6-8 h en caso de dolor o fiebre.
11. El 3.04.2014 acudió a urgencias del hospital por cuadro de dolor continuo en fosa
renal izquierda, sin fiebre. Con impresión diagnóstica de cólico renal y
comprobada su buena evolución (asintomática con paracetarnol) se decidió alta
con observación domiciliaria e indicación de volver a urgencias en caso de fiebre,
dolor o empeoramiento de su estado general.
12. El 6.4.2014 volvió a urgencias por cuadro febril de 24 h de evolución, asociado a
dolor en región lumbar izquierda y ligera hematuria macroscópica, sin
sintomatología miccional. Tras las exploraciones practicadas ?entre ellas una
ecografía que objetivó la litiasis renal coraliforme bilateral e hidronefrosis izquierda
severa sin variaciones significativas con respecto a exploración previa de
17.3.2014 y de la que estaba pendiente de intervención quirúrgica? y ante
probable pielonefritis aguda asociada a hidronefrosis, se recogió urocultivo y se
inició tratamiento antibiótico, decidiéndose el ingreso de la paciente en urología.
La paciente permaneció ingresada hasta el 10.04.2014. Su evolución fue
satisfactoria, permaneciendo estable y afebril con medicación oral, y fue dada de
alta hospitalaria con antibioterapia oral y pendiente de intervención quirúrgica, que
se programó para el día 22.04.2014.
13. El 22.04.2014 ingresó para la intervención quirúrgica programada. Se le realizó
NLP derecha incompleta y se dejó catéter doble J derecho. Tras la retirada de la
sonda de nefrostomía se produjo hematuria importante, por la que precisó de
transfusión de dos concentrados de hematíes. Mediante RX de control
(24.04.2014) se verificó la persistencia de restos litiásicos en riñón derecho.
Durante su ingreso se contactó con el Servicio de urología del Hospital ? "para
valoración del caso, dada lo complejidad del mismo y la necesidad de todo el instrumental
endourológico disponible". La paciente fue dada de alta el 9.05.2014 asintomática y
con buen estado general, destacando en su analítica al alta una creatinina de
1,76, una hemoglobina de 9,7. gr. y un hematocrito de 29,8% y con cita en
consultas de urología del Hospital ? para el 27.05.2014.
14. El 19.05.2014 acudió a urgencias del Hospital Basurto por cuadro de dolor lumbar
izquierdo asociado a síndrome febril, ingresando en urología con diagnóstico de
pielonefritis aguda izquierda, insuficiencia renal crónica y ureterohidronefrosis
bilateral. Mediante ecografía abdomino-pélvica se objetivó la presencia de
cálculos coraliformes en ambos riñones con litiasis en unión urétero piélica
derecha y en la pelvis renal izquierda de 3,6 cm, así como hidronefrosis renal
bilateral. Durante su ingreso se pautó antibioterapia intravenosa y tratamiento
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médico sintomático y se valoró la realización de nefrostomía (para lo que se
obtuvo consentimiento informado y se solicitó estudio preanestésico), pero
posteriormente se decidió no hacer derivación ante la mejoría de los datos
analíticos (creatinina, procalcitonina, PCR, leucocitos), a la espera de la consulta
con urología del Hospital ?. Constatada esa mejoría y controlado el dolor, fue
dada de alta el 26.05.2014.
15. El 27.05.2014, en la consulta de urología del Hospital ? se le propuso a la
paciente tratamiento mediante nefrolitotomía percutánea en riñón derecho y
colocación de catéter doble J en riñón izquierdo, que aceptó. El 11.06.2014 fue
intervenida quirúrgicamente en el Hospital ?, realizándose ECIRS derecha
(acceso endourológico simultáneo transuretral y percutáneo), dejando dos
nefrostomías derechas por cálices medio e inferior y catéter doble J derecho. No
se consiguió colocar catéter doble J en el riñón izquierdo, por lo que finalmente se
dejó nefrostomía (a través de la cual se realizó seguimiento postoperatorio de la
diuresis del riñón izquierdo que en quirófano se apreció atrófico,con muchas
cavidades y escaso parénquima) y con gran litiasis en su interior. Se retiró una de
las nefrostomias derechas sin incidencias pero, tras retirada de la segunda
nefrostomía derecha, presentó importante sangrado con anemización, por lo que
requirió trasfusión de dos concentrados de hematíes y tratamiento mediante
embolización por parte del Servicio de radiología intervencionista (18.06.2014).
Ante la persistencia de la hematuria, tuvo que ser intervenida de urgencia
(19.06.2014) para desobstrucción de vía urinaria derecha, colocándose catéter J
simple derecho y requiriendo nuevamente transfusión de un concentrado de
hematíes. Posteriormente, se intervino de nuevo para recambio de dicho catéter
por catéter doble J derecho (25.06.2014), objetivándose hematuria franca durante
la intervención. En los días siguientes presentó hematuria por nefrostomía
izquierda y, dado que se trataba de un riñón atrófico, se decidió finalmente
realizar una nefrectomía radical izquierda, que se llevó a cabo el día 2.7.2014,
siendo dada de alta hospitalaria la paciente el 10.07.2014. Posteriormente, la
paciente siguió siendo controlada por el Servicio de urología del Hospital ?.
CONSIDERACIONES
I ANÁLISIS DEL PROCEDIMIENTO
16. Para el examen del expediente instruido ha de estarse a lo que establecen el
título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en adelante,
LRJPAC), y el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, que aprueba el
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Reglamento de los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial de
las administraciones públicas (en adelante, el Reglamento).
17. Sin problemas de legitimación y plazo de interposición, la tramitación se ha
realizado de acuerdo con el procedimiento establecido.
18. Así, (i) los actos de instrucción han sido realizados por órgano competente; (ii) se
ha emitido informe por el servicio implicado, en este caso la jefatura del Servicio
de urología del Hospital ?; (iii) se ha aportado la historia clínica de la paciente en
el citado hospital, así como en el de ?; (iv) ha emitido informe la Inspección
médica; (v) se ha llevado a efecto el trámite de audiencia; y (vi) se ha redactado la
propuesta de resolución, en este caso desestimatoria.
19. En orden al plazo para resolver y notificar la decisión administrativa, debe
señalarse que el expediente se somete a esta Comisión superado el plazo legal
de seis meses establecido en el artículo 13.3 del Reglamento para resolver y
notificar la resolución.
20. Ello no obstante, como también señala esta Comisión en sus dictámenes,
procede continuar con el procedimiento, ya que tal circunstancia no exime a la
Administración del deber de dictar una resolución expresa (artículo 42.1 LRJPAC)
y, tratándose de un silencio desestimatorio (artículo 142.7 LRJPAC), no existe
vinculación alguna al sentido del mismo (artículo 43.3.b LRJPAC).
II ANÁLISIS DEL FONDO
21. El régimen de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas tiene
su fundamento específico en el art. 106.2 de la Constitución (en adelante, CE) y
se encuentra hoy contemplado en los artículos 139 y siguientes de la LRJPAC,
resultando de aplicación a las reclamaciones que se presenten por los daños
padecidos por el funcionamiento del servicio público de asistencia sanitaria
(disposición adicional duodécima de la LRJPAC, así como en el artículo 21.3 de la
Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación sanitaria de Euskadi).
22. Son requisitos exigidos para apreciar la existencia de responsabilidad patrimonial:
el daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una
persona o grupo de personas; que sea consecuencia del funcionamiento normal o
anormal ?es indiferente la calificación? de los servicios públicos (voz que incluye
a estos efectos, toda actuación, gestión, actividad o tareas propias de la función
administrativa que se ejerce, incluso por omisión o pasividad con resultado
lesivo), sin intervención de elementos extraños que puedan alterar el curso
Dictamen 98/2016 Página 5 de 19
causal; la inexistencia de fuerza mayor y que el perjudicado no tenga el deber
jurídico de soportar el daño.
23. Como ha señalado de forma reiterada esta Comisión (por todos, Dictamen
9/2007), debido a las características específicas de la actividad sanitaria, en este
ámbito la imputación del daño a la Administración exige acreditar el
funcionamiento anormal del servicio.
24. Por ello, la cuestión básica suele consistir en la concreción de la noción de
funcionamiento normal en el ámbito de la asistencia sanitaria, para lo que la
doctrina y la jurisprudencia acuden a la locución lex artis ad hoc que supone la
observación detenida del concreto empleo de la ciencia y técnica médicas
exigibles atendiendo a las circunstancias de cada caso ?recursos disponibles,
forma de empleo de dichos recursos y por tanto, estándar razonable de
funcionamiento?.
25. Así, si la actuación practicada resulta ser la indicada conforme a las reglas del
saber y de la ciencia exigible en cada momento para el concreto caso suscitado,
el ciudadano asume a su costa los riesgos inherentes que conlleve la asistencia
sanitaria ofrecida para el restablecimiento de su salud y tiene la obligación jurídica
de soportar el perjuicio padecido.
26. Además, hay que tener en cuenta, como se reconoce jurisprudencialmente, que la
incertidumbre en los resultados es consustancial a la práctica de la medicina y,
por ello, la asistencia sanitaria implica la existencia de una obligación de medios y
no de resultados (entre otras, SSTS de 14 de octubre de 2002 ?RJ 2003\359? y
19 de julio de 2004 ?RJ 2004\6005?). De este modo, los ciudadanos deben
contar, frente a sus servicios públicos de salud, con la garantía de que, al menos,
van a ser tratados con diligencia, aplicando los medios y los instrumentos que la
ciencia médica pone a disposición de las administraciones sanitarias.
27. Esto es, según se viene declarando jurisprudencialmente, ?a la Administración no le
es exigible nada más que la aplicación de las técnicas sanitarias en función del conocimiento
de la práctica médica, sin que pueda sostenerse una responsabilidad basada en la simple
producción del daño, puesto que en definitiva lo que se sanciona en materia de
responsabilidad sanitaria es una indebida aplicación de medios para la obtención del resultado,
que en ningún caso puede exigirse que sea absolutamente beneficioso para el paciente? (STS
de 16 de marzo de 2005 ?RJ 2005, 5739?).
28. Como el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración
sanitaria exige en estos casos la acreditación de la infracción de la lex artis ad
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hoc, en este tipo de reclamaciones la prueba pericial deviene insoslayable, por lo
que cobran importancia fundamental los informes técnicos relativos a la actuación
médica y situación del paciente.
29. Expuestas las precedentes consideraciones, procede abordar su aplicación al
caso planteado cuyo análisis se aborda a continuación, partiendo de que la
valoración de si los profesionales sanitarios actuaron de acuerdo con la lex artis
ad hoc requiere, como se ha señalado, el examen de los informes médicos que
contienen los datos relevantes en cuanto a la asistencia prestada a doña OCA, la
ponderación de los actos médicos y la relación de causalidad entre los mismos y
el daño por el que se reclama.
30. Sistematizando las quejas que enarbola la reclamante respecto a las asistencias
prestadas por Osakidetza a su persona ?diagnosticada de litiasis coraliforme
bilateral y severa hidronefrosis renal izquierda y tras la cirugía practicada empeoró
su situación, con hidronefrosis e importantes cálculos coraliformes en ambos
riñones?, detalla aspectos como: una intervención quirúrgica en riñón derecho
(nefrolitotomía percutánea) a la que se sometió en el Hospital ? (urología) el día
22 de abril del 2014, con resultados desastrosos para la paciente "al moverse el
catéter al interior de la vejiga, provocando una gran dilatación del mismo y, en realidad, un
empeoramiento de su situación previa?.
31. Otras consideraciones más concretas, son:
a)Hubo una demora injustificable desde que se le diagnosticaron los cálculos en
ambos riñones (7.2.2014), mediante TAC en el Ambulatorio de ?, hasta que se
realizó la intervención (22.4.2014), lo que provocó que esos cálculos se
complicaran en extremo hasta provocar una severa hidronefrosis izquierda
(6.4.2014).
b)Se le intervino en primer lugar el riñón derecho, que era el menos afectado con
carácter previo, en lugar del izquierdo que era el que a priori presentaba una
hidronefrosis severa y ahora sufre un cálculo enorme de 3,6 cm. Y a
consecuencia de la intervención ha empeorado el cuadro de dicho riñón en el
que, dada su situación tras esa operación, "repetir una intervención similar ya no es
aconsejable, por el riego de dañar la función renal del paciente. La relación coste beneficio
no lo hace viable. O no se atreven".
c)Al no ser intervenido a tiempo, el riñón izquierdo tuvo que ser posteriormente
(julio del 2014) extirpado.
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32. Hay que afirmar que las consideraciones de la paciente no se acompañan de
ningún informe pericial sanitario que las avale. Y por el contrario, los informes
sanitarios que se extraen de la documentación incorporada al expediente dan
cuenta de una situación previa muy compleja en la salud de la paciente, así como
recopilan las atenciones que se le prestaron a lo largo del tiempo en que había
sido asistida de su padecimiento y, con más detalle, del periodo concreto al que
se circunscribe su reclamación.
33. En primer lugar, el informe médico del jefe del Servicio de urología del Hospital ?
señala: los antecedentes y tiempo desde el que la paciente estaba siendo
sometida a controles periódicos; la intervención que se le propuso y aceptó desde
que se le diagnosticó litiasis coraliforme completa bilateral; la características,
incidencias y diagnóstico posterior a la intervención habida; la remisión a
valoración del servicio homólogo del centro hospitalario de ?; los hallazgos
resultantes del control ?cálculos en ambos riñones con litiasis en unión uretero
derecha y en pelvis renal izquierda, hidrofrenosis reanal bilateral?; sometimiento
a control del Hospital ?.
34. Y sobre la razón de que se priorizara la intervención en el riñón izquierdo señala
en concreto: ?Revisado su caso en Sesión Clínica, se decide operar primero el riñón derecho
por ser el de menor masa litiásica y mejor función?.
35. La Inspección médica, por su parte, deja en primer lugar constancia de los datos
de identificación de la paciente, de los fundamentos en que se basa la
reclamación y de las fuentes del dictamen.
36. Asimismo, este informe de la Inspección médica desarrolla una serie de
consideraciones médicas previas en torno a las diversas cuestiones que plantea
la compleja situación sanitaria afectante a la interesada.
37. Expone las características de la enfermedad de Cachi-Ricci o meduloespongiosis
renal, de detección muchas veces secundaria a otras causas, que requiere de
control por riesgo neoplásico.
38. Se adentra en la litiasis renal, asintomática en gran parte, tratable conforme al
tamaño por distintos remedios, teniendo que ser activo por encima de los 7mm.
Se da cuenta de la composición de los cálculos, de las singularidades de los
coraliformes, focos de sepsias y complicaciones. Los tratamientos pueden ser por
ondas, nefrolitotomía percutánea y cirujía.
39. Respecto de las técnicas de intervención, indica que la nefrolitotomía percutánea
(NLP) se realiza por endoscopia; en 1985 fue en gran parte sustituida por el
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tratamiento de ondas, aunque ha vuelto para litiasis de gran tamaño. Se describen
las fases de la intervención, así como sus complicaciones. Se detalla la cirugía
endoscópica renal combinada y las posiciones que se han ido aplicando a los
pacientes para ser intervenidas, destacando una que se aplica en el Hospital ?.
40. Se describen las características del catéter doble J, los casos indicados de su
aplicación, su efecto dilatador, las utilidades complementarias, el diseño y sus
posibles efectos adversos (migración, rotura,?). Entre estos se especifica el
desplazamiento, sus clases y causas.
41. Atendiendo a las quejas concretas que la reclamante aduce, realiza el informe de
la Inspección médica consideraciones que se pueden especificar.
42. Así, con respecto a la presunta demora ?o periodos de demora? que se pudieron
producir, señala el informe:
?El proceso asistencial que motiva la presente reclamación se inició el 30.01.14
cuando la interesada fue vista, por el urólogo ?adelantándose la cita que tenía
programada?, tras un episodio de infección de orina con hematuria
macroscópica por el que había acudido una semana antes a urgencias del
Hospital de ? [pág. 200]. En esa consulta de urología se solicitó Uro-TAC
preferente, citología y urocultivo de control, pautándose tratamiento con
nitrofurantoína durante tres meses [pág. 288]. Los resultados de la TAC que
objetivó la presencia de cálculos coraliformes en ambos riñones con
permeabilidad de la vía excretora y sin evidencia de otras alteraciones (pág 474)
y de una RX simple de abdomen que había mostrado la litiasis coraliforme
completa bilateral que se continuaba en uréter proximal izquierdo, fueron
valorados por el urólogo en la consulta de fecha 13.03.14. Por otra parte,
persistía la hematuria. La especialista explicó a la paciente los hallazgos y llevó
e! casa a sesión clínica de su servicio citándole en una semana, una vez
adoptada la decisión terapéutica [pág. 288].
Antes de esa cita, la paciente volvió a urgencias del Hospital el 17.03:14,
remitida por su, médico de familia [pág. 469] por un cuadro de 3 días de
evolución consistente en dolor en fosa renal izquierda con febrícula y escalofríos
en las últimas horas, sin clínica miccional asociada ni otros síntomas
acompañantes. Se practicaron análisis de sangre (destacando una PCR de
11,28, con leucocitosis de 15.000 y desviación izquierda), de orina, y RX de
tórax y abdomen (con resultado similar a las previas) así como ecografía
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abdomino-pélvica cuyo resultado fue: `litiasis en unión vesicoureteral izquierda
que condiciona dilatación retrógrada del sistema excretor, objetivando dilatación
de grupo calicial superior e inferior del riñón izquierdo. Cálculos coraliformes en
ambos riñones´ [pág. 2521. Con impresión diagnóstica de pielonefritis aguda
izquierda, se pautó antibioterapia por vía intravenosa y fue ingresada para
continuación de tratamiento y control evolutivo [págs. 470-473). En el transcurso
de dicho ingreso ?que se prolongó hasta el 21.3.14?, se le propuso realización
de nefrolitotomía percutánea (N.L.P.), que la paciente aceptó [págs. 435-436],
realizándoselé el estudio preoperatorío [págs. 439-441]. La intervención
programada se llevaría a cabo el 22.04.14.
En principio, no puede calificarse como injustificada la demora de una
intervención quirúrgica de litiasis renal (22 de abril) que se realiza un mes
después de ser programada (21 de marzo), tras una primera valoración del
especialista (13 de marzo) y previa evaluación del caso en sesión clínica del
servicio de urología. La paciente, como cualquier otra tributaria de cirugía
programada, ingresó en la correspondiente lista de espera y la demora fue, en
este caso, mínima. El tratamiento mediante NLP ?como en general toda la
cirugía de litiasis renal?, no reviste carácter de urgencia y en este caso en
particular no había clínica alguna de afectación de la función renal, en el
momento en que se indicó la cirugía. Prueba de ello es que en la evaluación
preoperatoria del servicio de anestesia de fecha 18.3.14 se definió el riesgo ASA
de la paciente asignándole un `2´ que corresponde a un paciente con `patología
con repercusión sistémica leve o moderada´ ?en una escala de 1 a 5, en la que
"1" es "paciente sana, ninguna patología"?, y la analítica previa más reciente
(realizada con motivo del ingreso del 17.3.14) objetivaba que no- había
afectación de función renal: creatinina 1.01 mg/di (normal: 0.40 - 1.1), urea 43
mg/dL (normal: 10 __50] (págs. 439-441].
La demora, aun siendo muy escasa, hubiera sido desde luego menos aceptable
si, mientras tanto, el estado de salud de la paciente se hubiera ido deteriorando
pro-gresivamente sin solución posible para sus dolencias. Desde un punto de
vista clínico, no fue ese el caso. No consta queja alguna de la paciente ni
demanda en ese sentido respecto a un proceso asistencial que, por el contrario,
parece que fue asumido por la paciente con bastante naturalidad. Consultado su
historial de atención primaria consta como el 14.03.14, al día siguiente de la
consulta con el urólogo informó de su resultado a su médico de familia [pág. 79]
y cómo el día 14.04,14 le informó de la fecha de la cirugía [pág. 80].
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6.2.- No se acredita ni hay base para sostener que ese intervalo de tiempo entre
el diagnóstico e indicación de NLP para su litiasis coraliforme y la fecha en que
se llevó a cabo produjeran un cambio significativo en los cálculos que
complicara su extracción. El tamaño de los cálculos puede hacer más o menos
trabajoso el procedimiento pero si la NLP está indicada para la mayoría de las
litiasis coraliformes es, precisamente, porque son de gran tamaño (es ese uno
de sus rasgos característicos). Si la nefrolitotomía no pudo completarse fue
porque, según se describe en el protocolo quirúrgico, tras acceder al riñón
derecho por vía percutánea y transuretral (con la paciente en «posición
Galdácano"), con punciones guiadas con ecografía y escopia y tras haber
limpiado cáliz inferior y pelvis renal con litotricia láser `se intenta acceder a cáliz
medio y superior pero es imposible a pesar del cistoscopio flexible´ [pág. 375].
Se le colocó un catéter doble J. Más tarde, por una hematuria importante al
retirarle la sonda de nefrostomía requirió transfusión de dos concentrados de
hematíes [pág. 374]. La paciente presentó entonces datos de insuficiencia renal
(con cifras de creatinina en torno a 2,4-2,6 mg/dL) y requirió de sonda uretral.
Una TAC abdomino-pélvica (2.05.14) objetivó migración dista! del catéter doble
J (`enrollado en el interior de la vejiga´) así como la presencia de `abundantes
restos hemáticas en el sistema colector y excretor del riñón derecho que
condicionan dilatación importante del mismo´ y de `cálculos coroliformes
bilaterales, que condiciona dilatación del sistema colector izquierdo ya conocida,
y calcificaciones en relación con riñón medular´ [pág. 235]. Ese mismo día, tras
hidratación y retirada de sonda vesical la paciente expulsó coágulos y el catéter
[pág. 302], con mejoría clínica.
(?)
6.3.- Es menos evidente el resultado de la evaluación clínica de la paciente en el
intervalo de tiempo entre la fecha de indicación quirúrgica y la del ingreso para
la cirugía programada, período en el cual acudió al Hospital de ? en dos
ocasiones:
El 3.4.14 acudió a urgencias del hospital por cólico renal, sin fiebre,
apreciándose buena evolución (`asintomática tras toma de paracetamol´) y con
analítica sin alteraciones (creatinina 0.83 mg/dl, urea 35 mg/dl) por lo que fue
dada de alta con observación domiciliaria e, indicación 'de volver a urgencias en
caso de fiebre, dolor o empeoramiento, recomendando control por urólogo y
MAP [págs. 242-243].
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El día 6,4.14 la paciente volvió a urgencias, en esta ocasión con cuadro febril de
hasta 399C, de 24 h. de evolución, asociado a cólico renal con hematuria y la
ecografía entonces practicada objetivó la presencia de la litiasis bilateral ya
conocida así como de severa hidronefrosis renal izquierda, sin variaciones
significativas con respecto a exploración previa de 17,3.14 [pág. 2411. La
analítica entonces tampoco mostraba hallazgos sugestivos de fallo renal
(`Bioquímica: glucosa, creatinina y urea sin hallazgos´}, por lo que ante su
buena evolución fue dada de alta el 10.04.14, con diagnóstico de pielonefritis
aguda e hidronefrosis renal izquierda, pendiente de la NLP, que se programó
para el día 22.04.14 [págs.237-238].
La documentación clínica analizada no aclara cómo fue evaluada por los
urólogos la situación de la paciente o como se interpretaron esos informes
radiológicos, el segundo de los cuales (6.4.14) alude a una ecografía anterior en
la cual, sin embargo, no se indicaba que la paciente tuviera ya una `severa
hidronefrosis´ limitándose a constatar una `dilatación retrógrada del sistema
excretor´ del riñón izquierdo [pág. 252]. Tanto si la redacción diferente de ambos
informes refleja sólo dos formas de expresar lo mismo, por parte de dos
radiólogos distintos, como si entre ambos informes ecográficos lo que se estaba
reflejando era una evolución hacia la hidronefrosis en riñón izquierdo, lo que
parece claro es que por parte del servicio de urología no se consideró que esas
imágenes ecográficas debieran condicionar un cambio en la actitud terapéutica
ya programada. [págs. 335-336].?
43. Respecto del desplazamiento del catéter, aspecto sobre el que se fija la
reclamación otro de sus puntos, señala el informe:
?A juicio de la interesada fue el desplazamiento del catéter al interior de la vejiga
lo que provocó un empeoramiento de su situación previa. Lo cierto es que la
migración distal ?hacia vejiga?, de un catéter doble J es un incidente
relativamente recuente y, a diferencia de lo que ocurre con las migraciones
proximales, ni tiene un efecto lesivo importante ni es de difícil solución. En este
caso, el catéter fue expulsado espontáneamente por la paciente con la orina. En
cuanto al sangrado, es una complicación frecuente en la NLP, riesgo del que ya
estaba informada (y que volvería a producirse en los procedimientos de litotricia
a los que se sometió posteriormente en otro centro) y que se solucionó también
satisfactoriamente. No se acredita desatención, error o malpraxis en la
intervención de NLP practicada a la paciente el 22.4.14. A la vista de las
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dificultades para la resolución del cálculo Iitiásico y de la repercusión progresiva
sobre su función renal, la decisión de los urólogos del Hospital de ? de derivar
a la paciente al servicio de urología del Hospital de ?, de acreditada reputación
en el tratamiento de la litiasis renal, fue razonable y acorde a la lex artis.?
44. Con respecto a la queja de que se le practicara la intervención con preferencia en
el riñón derecho, desatendiendo o posponiendo la del riñón izquierdo, que estaba
más afectado, siendo finalmente tenido que extirpar, considera el informe diversos
aspectos:
?La interesada reprocha que se le interviniera en primer lugar el riñón derecho
`que era el menos afectado con carácter previo en lugar del izquierdo que era el
que a priori presentaba una hidronefrosis severa´, achacando a esa decisión el
que este riñón izquierdo "que no se intervino a tiempo, tiene que ser extirpado,
ya en julio del 2.014". Fue en el transcurso del breve ingreso (7-70.04.14)
anterior al del ingreso programado para la realización de la nefrolitotomía
percutánea (NLP), cuando el servicio de urología de ? volvió a revisar su caso
en sesión clínica y cabe suponer que sería entonces cuando se decidió
intervenir en primer lugar el riñón derecho [pág. 312]. Curiosamente, se volvió a
recabar el consentimiento informado de la paciente para la NLP
?consentimiento del que ya disponían?, si bien en ese documento nuevamente
suscrito por la interesada (págs, 424-4251 no se hace mención a la lateralidad
de la intervención previstas. Ninguno de los Informes de alta (ni el de 10.4.14 ni
el de 9.5.14, tras la NLP) hacen referencia a ello. Sobre esta cuestión, el jefe del
servicio de urología, en su informe complementario, señala que se decidió
actuar sobre el riñón derecho precisamente por ser el que presentaba una
menor masa litiásica y conservaba una mejor función´ (pág. 25]. Pero no explica
si, a su juicio, el deterioro de la función del riñón izquierdo pudiera haberse
evitado con una actitud más precoz sobre el mismo, que es justamente lo que
sugiere la interesada. De hecho, ese informe complementario del jefe de
servicio de urología no aporta explicación alguna sobre la "corrección de la
asistencia prestada" [pág. 20].
La hidronefrosis es un tipo especial de atrofia renal que cursa con dilatación de
pelvis y cálices renales como resultado de una obstrucción al flujo de la orina
?por obstáculo mecánico o funcional?, en alguna parte de las vías urinarias. En
este proceso los cálices renales se alteran y la concavidad normal se transforma
en convexidad con aplastamiento de la papila. Estos cambios son inicialmente
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reversibles pero posteriormente atrofian el parénquima. La atrofia hidronefrótica
se observa en las obstrucciones urinarias unilaterales completas de larga
evolución (las obstrucciones completas bilaterales no son compatibles con la
vida ni con una larga evolución). En la nefropatía obstructiva crónica unilateral,
el cuadro clínico puede pasar desapercibido por completo pese a que el riñón
implicado pierda poco a poco función renal e inicie una atrofia hidronefrótica. Si
están afectados ambos riñones desemboca en una insuficiencia renal. La
recuperación de la función renal tras la desobstrución es variable. Aunque la
lesión renal irreversible con fibrosis y atrofia tubular comienza a verse a los 7
días de la obstrucción la recuperación funcional suele ser lo habitual si la
desobstrucción no se demora más allá de 4 semanas.
Podría argüirse que es razonable el criterio de anteponer la NLP sobre el riñón a
priori más accesible (menor masa litiásica) y más funcional tratando de evitar un
deterioro progresivo que le llevara a un estado como el que ya tenía el otro riñón
y que, de hecho, no sería distinto del criterio adoptado un mes después por el
servicio de urología del Hospital de ?, al que fue derivada la paciente tras el
fallido intento (por incompleto) de litotomía en ?. En el Hospital de ? ?donde
fue evaluada dos semanas y media después del alta en el Hospital de ?? se le
propuso actuar mediante nefrolitotomía percutánea también sobre el riñón
derecho y ni siquiera se le planteó una actuación similar sobre el izquierdo, en el
cual se limitarían a colocar un catéter doble J [págs. 693-694). En este riñón se
pudo apreciar además de la gran masa litiásica que lo ocupaba su carácter
atrófico: `En Rl se intenta colocar catéter doble J produciéndose extravasaclón
de orina por lo que finalmente se deja nefrostomía del 10. En los próximos días,
cuantificar la diuresis por Rl ya que en quirófano se objetiva un riñón con
muchas cavidades y escaso parénquima´ [pág. 773]. Pero en esta ocasión, se
estaba actuando ya sobre una paciente con hidronefrosis bilateral, según
ecografía realizada en ? el 20.05.14 [pág. 348], con posterioridad a la NLP
incompleta allí practicada; es decir, en una fase del proceso que no era idéntica
a la que mostraba la paciente en marzo/abril cuando estaba a la espera de su
primera intervención quirúrgica. Pese a que, como se verá a continuación, el
grueso de la actuación quirúrgica urológica a la que se ha sometido esta
paciente ha tenido lugar en el Hospital de ? y no en el de ? ?aunque la
interesada no hace mención alguna a ello en su reclamación de responsabilidad
patrimonial?, y por esa razón consta en el expediente el historial clínico de la
paciente en ambos centros, no se ha recabado informe explicativo del servicio
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de urología del hospital de ? que podría haber arrojado luz sobre esta cuestión
que plantea la interesada. A falta de informes médicos suficientemente
explicativos parece razonable suponer que una actuación específica y precoz de
los. urólogos del Hospital de ? quizá pudiera haber evitado el deterioro
irreversible del riñón izquierdo de la paciente ?que obligó a su extracción?,.
cuya hidronefrosis progresiva había sido detectada semanas antes de la
intervención de NLP que se programó.?
45. Cabría conjeturar, como se ve, sobre los efectos adversos que habría producido
la posposición de la práctica del riñón más afectado, como era el izquierdo, pero
el informe también hace constar, que:
?6.4.- De lo que no cabe duda es de que la afectación litiásica de la paciente era
de gran complejidad, como lo demuestra la secuencia asistencial tras su
derivación al servicio de urología del Hospital de ?, proceso que no estuvo
exento de complicaciones, incluso de mayor severidad que las padecidas en el
hospital de ?.
Aunque la interesada no lo menciona en su reclamación, en el Hospital de ? se
le propuso tratamiento mediante nefrolitotomía percutánea en riñón derecho y
colocación de catéter doble J en riñón izquierdo [págs. 693-694], que la paciente
aceptó. Fue intervenida el 11.06.14 mediante ECIRS derecha (acceso
endourológico simultáneo transuretral y percutáneo) dejando dos nefrostomías
derechas por cálices medio e inferior y catéter doble J derecho. En riñón
izquierdo no se consiguió colocar catéter doble J por lo que finalmente se dejó
sólo nefrostomía [págs. 617 y 773]. Se retiró una de las nefrostomias derechas
sin incidencias pero tras retirada de la segunda nefrostomia derecha presentó
importante sangrado con anemización, por lo que requirió trasfusión de dos
concentrados de hematíes y embolización por parte del Servicio de Radiología
intervencionista (18.06.14). Ante la persistencia de la hematuria, tuvo que ser
intervenida de urgencia (19.06.14) para desobstrucción de vía urinaria derecha,
colocándosele un catéter J simple derecho y requiriendo nuevamente
transfusión de un concentrado de hematíes. Posteriormente, se intervino de
nuevo para recambio de dicho catéter por catéter doble J derecho (25.06.14),
objetivándose hematuria franca durante la Intervención. En los días siguientes
presentó hematuria por nefrostomia Izquierda y dado que se trataba de un riñón
atrófico, fue entonces cuando se decidió realizar una nefrectomia radical
izquierda que se llevó a cabo el día 2.7.14 [págs. 777-778]. Es decir, la
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nefrectomía tuvo que realizarse para resolver una hemorragia producida en
relación con la nefrostomía practicada en el Hospital de ?.?
46. El informe da cuenta de asistencias posteriores en ambos hospitales, con
episodios e intervenciones que requieren de una atención frecuente y continuada:
La paciente ?que seguía controles en consulta de urología del Hospital de ??,
acudió a acudió a urgencias del hospital de ? el 15.11.14 por cuadro de cólico
renal derecho e infección urinaria. Mediante ecografía y RX de abdomen se
objetivó litiasis ureteral derecha y dilatación retrógrada por lo que se le propuso
colocación de catéter doble J dcho., que la paciente rechazó (`alta voluntaria´)
por preferir seguir siendo tratada por el servicio de urología del Hospital de ?
[págs. 185¬187]. Ya en el Hospital de ?, se decidió su ingreso para control
evolutivo y decisión posterior sobre posible derivación urinaria urgente [págs.
737-738] pero dada su buena evolución, se decidió su alta el 18.11.14
quedando pendiente de intervención quirúrgica, que se llevó a cabo el 25.11.14,
con ureterorrenoscopia derecha y colocación de catéter doble J derecho [págs.
723-725]. .
El 5.12.14 la interesada presentó su reclamación de responsabilidad patrimonial
por la asistencia recibida en el servicio de urología del Hospital de ?.
Con posterioridad a la reclamación, consta en el expediente:
- que el 5.1.15, en consulta de nefrología del Hospital de ?, a la que fue
remitida por urología, se constató la mejoría en la función renal, con
proteinuria leve (Creatinina 1.1), Hipovitaminosis p, resto aceptable y
buen estado general [págs. 715];
- que el 8.01.15 se le practicó litotricia extracorpórea por ondas de
choque sobre restos litiásicos [pág. 582];
- que el 6.02.15 se le diagnosticó obstrucción del catéter doble J con
severa ectasia pielocalicial, por lo que se decidió su retirada que se
llevó a cabo el 7.2,15 [págs. 704-707];
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- que el 23.3.15, mediante TAC se objetivaron `múltiples litiasis renales
derechas, la mayor de ellas de 7 mm en tercio inferior´ [págs. 690 y
695];
- que estaba siendo estudiada por el servicio de endocrinología por
presentar cifras elevadas de hormona paratiroidea (PTH) [pág. 690].?
47. A resultas de las consideraciones efectuadas, el informe de la Inspección médica,
concluye:
?- No hay demora relevante en la intervención quirúrgica de litiasis renal
nefrolitotomía percutánea (NLP), llevada a cabo en el Hospital de Basurto el
22.4.14, un mes después de su programación.
- No se acredita desatención, error o malpraxis en la intervención de NLP
practicada a la paciente el 22.4.14, aunque no pudiera completarse el
procedimiento.
- No se acredita que en el intervalo de tiempo entre el diagnóstico e indicación
de NLP y su realización se produjera un cambio significativo en los cálculos que
complicara su extracción. El incidente de migración avejiga de un catéter doble
J, uno de sus posibles efectos adversos de carácter leve, no repercutió
significativamente sobre la evolución de la paciente y se solucionó
espontáneamente.
- No se ha aclarado suficientemente, por parte del servicio de urología del
Hospital de ?, el motivo por el que no se actuó sobre el riñón izquierdo en el
que se había detectado una severa hidronefrosis semanas antes de la
intervención de NLP que se programó, en la que se actuó sobre el riñón
derecho.
- La decisión de los urólogos de ? de derivar a la paciente al servicio de
urología del Hospital de ? fue razonable y acorde a la lex artis.
- La nefrectomía practicada en el Hospital de ? se llevó a cabo para resolver
una hemorragia producida en relación con la nefrostomía previa en el riñón
izquierdo.
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- La litiasis coraliforme de la paciente era de gran complejidad, como lo
demuestra la secuencia asistencial tras su derivación al servicio de urología del
Hospital de ?, proceso que no estuvo exento de complicaciones, incluso de
mayor severidad que las padecidas en el Hospital de ?.?
48. A la vista de la instrucción practicada y los informes e historia clínica que se
recogen en el expediente, atendida la inevitable limitación de la ciencia médica
para detectar, conocer con precisión y sanar todos los procesos patológicos que
puedan afectar al ser humano, en el caso analizado no se aprecia un
funcionamiento anómalo de la Administración sanitaria.
49. Para ello se tiene en cuenta, entre otras cuestiones ya analizadas más
ampliamente en los informes sanitarios: I) que la reclamante basa su acción en
las actuaciones que se desarrollaron en el Hospital Basurto, cuando el grueso de
las complicaciones ?especialmente la necesidad de tener que extirpar su riñón
izquierdo? acaecieron en el Hospital Galdakao; II) el criterio de prioridad de
tratamiento está explicado por el servicio interviniente (y es seguido igualmente
por el servicio análogo del otro centro hospitalario); III) la afección de severa
hidrofrenosis del riñón izquierdo evoluciona positivamente al someterse a
tratamiento, recibiendo el alta médica subsiguiente, no induciendo un cambio de
actitud terapéutica de esperar a la intervención programada; IV) resulta
conjeturado ligar, determinante y retrospectivamente, el resultado final de la
pérdida del órgano renal izquierdo al episodio anterior de la severa hidrofrenosis,
teniendo en cuenta la complejidad y evolución de la enfermedad de la paciente en
el órgano subsistente.
50. En definitiva, la Comisión no puede calificar el daño sufrido por doña OCA como
lesión antijurídica vinculada causalmente al funcionamiento anormal del servicio
sanitario ni, por ello, se puede considerar indemnizable en virtud de lo previsto en
el artículo 139 LRJPAC.
51. Por lo dicho, la Comisión estima que, no habiendo quedado acreditada una mala
praxis sanitaria médica, no es posible reconocer responsabilidad patrimonial de la
Administración sanitaria en el presente supuesto.
CONCLUSIÓN
La Comisión considera que no existe responsabilidad patrimonial de la Administración
sanitaria por los daños sufridos por doña OCA como consecuencia de la asistencia
sanitaria prestada por Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Dictamen 98/2016 Página 18 de 19
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