Última revisión
OTAN - 01. BIENES INCLUIDOS EN LA FRANQUICIA PARA SUS MIEMBROS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 2022-06-16 17:06:02
Materia
145034 - COMERCIO EXTERIOR - PARTICULARES: FRANQUICIAS Y EXENCIONES DE IMPUESTOS - OTAN
Pregunta
¿Qué bienes pueden importar, con franquicia de derechos y exención de impuestos, los miembros destinados o adscritos a los Cuarteles Generales de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN)?
Respuesta
Estarán exentas del pago de derechos e impuestos a la importación:
- Las importaciones de bienes que tengan como finalidad el suministro de los comedores, clubes, asociaciones, restaurantes, bares, cantinas, tiendas y economatos de los Cuarteles Generales.
- Las importaciones de vehículos a motor y motocicletas que se efectúen por los miembros de la Fuerza y sus personas dependientes, siempre que se trate de sus vehículos particulares.
- Las importaciones de caravanas, remolques y embarcaciones de recreo con su equipo necesario, que se efectúen por los miembros de la Fuerza por el tiempo que duren sus servicios.
- Los efectos personales y mobiliario destinados a su uso particular, importados con motivo de sus traslados a cualquier Cuartel General en España.
Normativa/Doctrina
Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización del Tratado del Atlántico Norte, representada por el Cuartel General Supremo de las Potencias Aliadas en Europa, relativo a las condiciones especiales aplicables al establecimiento y explotación en territorio español de un Cuartel General Militar Internacional, hecho en Madrid el 28 de febrero de 2000 (BOE, 16-mayo-2000).
Real Decreto 160/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a la Organización del tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internaciones de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado y se establece el procedimiento para su aplicación (BOE, 29-febrero-2008).
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria