Última revisión
LIMITACIÓN DEDUCIBILIDAD DE GASTOS FINANCIEROS - GASTOS FINANCIEROS NETOS: INGRESOS FINANCIEROS, QUITAS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 28/02/2019
Materia
141200 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - BASE IMPONIBLE - LIMITACIÓN DEDUCIBILIDAD DE GASTOS FINANCIEROS
Pregunta
A efectos de la limitación en la deducibilidad de gastos financieros establecida en el artículo
Respuesta
Dado que los ingresos derivados de la quita no tienen la consideración de ingresos derivados de la cesión a terceros de capitales propios, no pueden minorar los gastos financieros netos pendientes de deducir. No obstante, puede ocurrir que una parte del ingreso contable derivado de la quita se corresponda con gastos financieros que no hayan resultado deducibles fiscalmente en el pasado debido a las restricciones establecidas en el artículo
A este respecto, es necesario considerar que dicho artículo establece una limitación en la deducibilidad de los gastos financieros, pero permite que los gastos financieros netos que no hayan sido objeto de deducción puedan deducirse en los períodos impositivos futuros, conjuntamente con los del período impositivo correspondiente, y con el límite previsto en él.
Así, aquella parte del ingreso correspondiente al registro contable de la novación modificativa que se refiera exclusivamente a la deuda correspondiente a gastos financieros devengados que hubieran generado gastos financieros netos pendientes de deducir fiscalmente por la limitación establecida en el mencionado artículo, no se integrará en la base imponible de la entidad, por corresponderse con un gasto financiero que no ha sido fiscalmente deducible, y que no lo será ya en el futuro al cancelarse con ocasión de la quita. En consecuencia, la entidad no debería integrar dicho ingreso en su base imponible, procediendo asimismo a eliminar los gastos financieros netos pendientes de deducir fiscalmente correspondientes.
Normativa/Doctrina
Artículo
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 4444 - 2016, de 17 de octubre de 2016
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria