IMPUESTO SOBRE LA RENTA D...DAD EXENTA

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - RENDIMIENTO NETO: INGRESOS ÍNTEGROS Y GASTOS DEDUCIBLES - GASTO DEDUCIBLE: IVA SOPORTADO EN ACTIVIDAD EXENTA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

139013 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - RENDIMIENTO NETO: INGRESOS ÍNTEGROS Y GASTOS DEDUCIBLES

Pregunta

En una actividad exenta en el Impuesto sobre el Valor Añadido, ¿son gasto deducible las cuotas soportadas para la determinación del rendimiento neto de la actividad económica en el IRPF?

Respuesta

El Plan General de Contabilidad, en su norma de registro y valoración 12ª, señala que el IVA soportado no deducible formará parte del precio de adquisición de los activos corrientes y no corrientes, así como de los servicios, que sean objeto de las operaciones gravadas por el impuesto.

Según lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley del IVA, los sujetos pasivos no podrán deducir las cuotas soportadas que se utilicen en la realización de entregas de bienes y prestaciones de servicios exentas.

Por tanto, si el contribuyente desarrollase una actividad exenta cuya realización no origina el derecho a deducir el IVA soportado, las cuotas soportadas en operaciones corrientes se incluirán dentro del precio y constituirán un mayor gasto deducible.

En el caso de que se tratase de bienes de inversión, el IVA soportado se incluirá dentro del precio de adquisición de los bienes y, en consecuencia, formará parte del valor amortizable.

Normativa/Doctrina

Artículo 28 .1 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas . Artículo 10 .3 Ley 27/2014, de 27 de noviembre de 2014, del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 94 Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Norma de valoración 12ª del Plan General de Contabilidad



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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