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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ILLES BALEARS 2016 - JUSTIFICACIÓN DE LAS DONACIONES RELATIVAS AL MECENAZGO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
138429 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ILLES BALEARS 2016
Pregunta
Para poder aplicar las deducciones autonómicas por donaciones relativas al mecenazgo ¿ cómo hay que justificar las donaciones efectuadas?
Respuesta
Para poder aplicar las deducciones autonómicas por donaciones relativas al mecenazgo hay que acreditar la efectividad de la donación mediante certificado expedido por el órgano competente de la entidad donataria o una declaración jurada de la persona física donataria.
El certificado o la declaración jurada debe contener, al menos, los siguientes aspectos:
a) Nombre y apellidos o denominación social y número de identificación fiscal, tanto del donante como de la persona o entidad donataria.
b) Mención expresa que la persona o entidad donataria está incluida, según los casos, entre las personas o entidades beneficiarias del mecenazgo cultural, científico o de desarrollo tecnológico o entre las personas y entidades beneficiarias del mecenazgo deportivo.
c) Fecha e importe de la donación cuando esta sea dineraria.
d) Importe de la valoración de la donación en el supuesto de donaciones no dinerarias o de prestación de servicios a título gratuito.
e) Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega del bien dado, o la constitución del derecho de usufructo, cuando no se trate de donaciones dinerarias.
f) Finalidad a la cual se tiene que aplicar la donación.
g) Mención expresa del carácter irrevocable de la donación.
Normativa/Doctrina
Art. 9
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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