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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2016 - LÍMITE APLICABLE A DEDUCCIONES POR INVERSIONES
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 2017-01-01 00:00:00
Materia
138677 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2016
Pregunta
¿Existe alguna limitación adicional sobre la inversión máxima que se puede beneficiar de las diferentes deducciones por inversión en vivienda habitual y por inversiones por el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual?
Respuesta
Si. La aplicación de las deducciones que se citan a continuación requiere que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente al finalizar el período de la imposición exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo al menos en la cuantía de las inversiones realizadas, sin computar los intereses y demás gastos de financiación.
A estos efectos, no se computarán los incrementos o disminuciones de valor experimentados durante el período impositivo por los elementos patrimoniales que al final del mismo continúen en el patrimonio del contribuyente.
Las deducciones afectadas por esa limitación son:
- Por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años.
- Por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad.
- Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas.
- Por inversiones por el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual.
Normativa/Doctrina
Artículo
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria