Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS: PAÍS VASCO Y NAVARRA) - COMUNIDAD DE BIENES: DETERMINACIÓN DE RENDIMIENTOS
Práctico
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
129137 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
Somos dos contribuyentes con domicilio fiscal en Zaragoza, que tenemos formada una Comunidad de Bienes con domicilio fiscal en San Sebastián (o en Pamplona) para explotar un pequeño comercio. ¿Qué normativa, estatal o foral, debemos aplicar para la determinación de los rendimientos de la actividad?.
Respuesta
La normativa estatal.
Como los integrantes de la Comunidad de Bienes tienen su residencia en territorio común (Zaragoza), la determinación de la renta correspondiente a la misma que resulta atribuible a los comuneros se realizará conforme a las normas estatales del IRPF, con independencia del domicilio fiscal de la Comunidad de Bienes o del territorio en el que desarrolle su actividad.Normativa/Doctrina
Arts. 6.Uno y 13.Uno y Dos del Concierto Económico (
Arts.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria