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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CANARIAS 2008 - DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 2017-01-01 00:00:00
Materia
129199 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por inversión en vivienda habitual?
Respuesta
Los residentes en Canarias podrán deducir, por las cantidades satisfechas en el período impositivo por adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, en los mismos términos y siempre que concurran los mismos requisitos exigidos en la normativa estatal del IRPF, el que corresponda de los siguientes porcentajes:
a) Con carácter general:
- Si la base imponible general es inferior a 12.000 euros: el 1,75%
- Si es igual o superior a 12.000 euros e inferior a 30.000 euros: el 1,55%.
- Si es igual o superior a 30.000 euros e inferior a 60.000 euros: el 1,15%.
b) Cuando se trate de obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad a que se refiere la normativa estatal del IRPF: el 0,75%.
Esta deducción también resulta aplicable a las cantidades invertidas en la construcción y ampliación de la vivienda habitual y a las cantidades depositadas en cuentas vivienda.
Esta deducción es compatible con la aplicación del tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual contemplada en la normativa estatal del impuesto.
Normativa/Doctrina
Artículo 8
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria