Última revisión
DIPLOMÁTICOS Y CONSULARES - 04. TRAMITACIÓN DEL DESPACHO DE LAS MERCANCÍAS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 2022-06-16 17:06:47
Materia
145029 - COMERCIO EXTERIOR - PARTICULARES: FRANQUICIAS Y EXENCIONES DE IMPUESTOS - DIPLOMÁTICOS Y CONSULARES
Pregunta
¿Cómo se tramita el despacho de mercancías con franquicias diplomáticas?
Respuesta
El despacho de mercancías con franquicias debe hacerse con la correspondiente declaración en la aduana a la que hayan llegado las mercancías.
En la declaración de aduanas, el interesado deberá consignar en la casilla correspondiente a la justificación de dicha franquicia (casilla 44), única y exclusivamente, el número de franquicia junto con la copia de la comunicación del traslado de la autorización de la franquicia a la Aduana correspondiente, suministrada por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Normativa/Doctrina
RD 3485/2000, 29 de diciembre, sobre franquicias y exenciones en régimen diplomático y consular y de Organizaciones Internacionales (BOE 30/12/2000).
Resolución de 29 de marzo de 2022,del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 11 de julio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA) (BOE, 06-abril-2022).
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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