Última revisión
COMPRAS EN LA PENÍNSULA - 01. COMPRAS EN LA PENÍNSULA. IVA
Práctico
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 2022-07-05 17:07:18
Materia
144969 - COMERCIO EXTERIOR - CEUTA Y MELILLA - COMPRAS EN LA PENÍNSULA
Pregunta
Soy residente en Ceuta o Melilla realizo compras en península ¿Estoy obligado a soportar el
Respuesta
Sí. Las compras se realizan en el territorio de aplicación del impuesto y, por tanto, están sujetas al impuesto. No obstante, podrá solicitar el reembolso del impuesto correspondiente a determinadas compras que cumplan los siguientes requisitos:
- Para que el vendedor pueda aplicar este régimen, debe comprobar fehacientemente la identidad del viajero y que el adquirente es residente en Ceuta o Melilla
- Las compras las debe haber realizado en la Península o en las Islas Baleares, quedando fuera de este régimen las entregas de bienes destinadas al equipamiento o avituallamiento de cualquier medio de transporte de uso privado (por ej. Neumáticos y combustible)
- Las compras se documentan en una factura y en un documento electrónico de reembolso (DER) remitido a la Agencia Tributaria.
- Los bienes no deben constituir una expedición comercial, es decir, debe haberlos adquirido de manera ocasional y con destino a su uso personal o de sus familiares u ofrecerlos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse que sean el objeto de una actividad comercial.
- Que los bienes adquiridos salgan efectivamente del territorio de la Comunidad, en el plazo de los tres meses siguientes a aquel en que se haya efectuado la entrega.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria