Última revisión
Caso práctico: ¿El seguro de convenio se tiene que pagar en especie a los trabajadores en la nómina?
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 24/05/2017
Resumen:
PLANTEAMIENTO
El seguro de convenio que paga la empresa se tiene que poner como una retribución en especie en la nómina de cada trabajador con el importe que corresponda a cada uno?
RESPUESTAS
Al tratarse de un salario en especie su importe deberá ser tenido en consideración en la nómina al igual que en futuros cálculos del salario regulador de la indemnización por despido.
Por lo general en nómina suele incluirse bajo el concepto “seguro convenio” a los simples efectos de su inclusión en la base de cotización, procediéndose posteriormente a restarlo a efectos retributivos, ya que, al ser abonado por la empresa, no se le llegar a pagar al trabajador.
- el importe de las primas de los seguros de salud que pague la empresa al trabajador está sujeto a cotización por tratarse de una retribución en especie.
- los seguros colectivos de accidente o enfermedad establecidos en convenio han de computarse dividiendo el importe de la prima por el número de trabajadores que cubra.
Puede consultar:
Seguro de accidentes establecido por convenio colectivos. Dudas Seguro de vida y accidentes a nombre del trabajador. Naturaleza salarial e inclusión a efectos de indemnización por despido improcedente Real Decreto 637/2014, de 25 de julio , por el que se modifica el artículo 23 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por elReal Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre Art. 23. Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.