Caso práctico: Salario re...enta ajena

Última revisión
08/10/2024

Caso práctico: Salario regulador e indemnización ante reconocimiento judicial de relación laboral por cuenta ajena

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 2024-10-08 00:00:00

Resumen:

El TS determina que en los casos de reconocimiento judicial de la relación laboral y el subsiguiente despido, el cálculo de la indemnización y los salarios de tramitación debe realizarse en función del salario que le hubiera correspondido al trabajador según el convenio colectivo de aplicación y no al inferior realmente abonado por la empresa.


PLANTEAMIENTO

En el supuesto de que un trabajador que no tenga reconocida la relación laboral por parte del empleador, denuncie su despido y, como consecuencia, por decisión judicial se le reconozca tanto la existencia de relación laboral como la improcedencia del despido.

¿Qué salario debe tomarse en cuenta para calcular la indemnización, el que venía percibiendo realmente en el momento del cese, o el que debía percibir con arreglo al convenio colectivo de aplicación en la empresa?

RESPUESTA

Según la STS, de 27 de diciembre de 2010, rec. 1751/2010, ECLI:ES:TS:2010:7655, el salario que regula la indemnización de un trabajador que no tiene reconocida la relación laboral, pero cuyo despido ha sido declarado improcedente y que en el momento del cese percibía una retribución inferior al convenio colectivo de aplicación, se calcula sobre la media salarial establecida en el convenio colectivo de aplicación y no sobre la percibida durante los últimos doce meses. 

Por tanto, el salario a tener en cuenta para el cálculo de la indemnización por despido improcedente y salarios de tramitación no es el que trabajador viniera percibiendo realmente en el momento del despido de ser inferior al establecido en convenio colectivo aplicable, sino precisamente, dado el carácter mínimo e irrenunciable de la norma convencional, el fijado en la misma en función de las circunstancias concretas de antigüedad y categoría profesional del trabajador.

A TENER EN CUENTA. Salario regulador a efectos del cálculo de la indemnización por despido.

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