Última revisión
Caso práctico: ¿Qué domicilio debe constar en las facturas expedidas por persona física?
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
La DGT considera que el domicilio que debe hacerse constar en las facturas expedidas por persona física que desarrolla una actividad, es el correspondiente al lugar donde se desarrolla dicha actividad.
PLANTEAMIENTO
¿A qué domicilio se refiere el Reglamento de Facturación en caso de personas físicas, aquel en el que se desarrolla la actividad o el de la residencia habitual?
RESPUESTA
La DGT, en su
A TENER EN CUENTA.
El concepto de domicilio Fiscal .