Caso práctico: ¿Qué domic...na física?

Última revisión
01/01/2024

Caso práctico: ¿Qué domicilio debe constar en las facturas expedidas por persona física?

Tiempo de lectura: 1 min

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Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

La DGT considera que el domicilio que debe hacerse constar en las facturas expedidas por persona física que desarrolla una actividad, es el correspondiente al lugar donde se desarrolla dicha actividad.


PLANTEAMIENTO

¿A qué domicilio se refiere el Reglamento de Facturación en caso de personas físicas, aquel en el que se desarrolla la actividad o el de la residencia habitual? 

RESPUESTA

La DGT, en su Resolución Vinculante de DGT, V1756-05 de 14 de Septiembre de 2005, señala que el domicilio que debe hacerse constar en las facturas expedidas por persona física que desarrolla una actividad, es el correspondiente al lugar donde se desarrolla dicha actividad y no el de su residencia habitual, sin  perjuicio de que en dichas facturas también pueda hacer constar el de residencia habitual, si se considera conveniente.

A TENER EN CUENTA. El concepto de domicilio Fiscal.

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