Caso práctico: ¿Pueden lo... de apoyo?

Última revisión
24/05/2024

Caso práctico: ¿Pueden los padres rechazar donaciones a favor de sus hijos menores? ¿Y qué ocurrirá con las donaciones hechas a las personas con discapacidad que cuenten con medidas de apoyo?

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Orden: civil

Fecha última revisión: 24/05/2024

Origen: Iberley

Resumen:

El art. 166 del Código Civil se refiere a los actos para los cuales los padres necesitan autorización judicial sin que este precepto señale nada en lo relativo a la aceptación de donaciones, por lo que debemos entender que en estos casos no es necesaria autorización judicial. En cuanto a las personas con discapacidad provistas de medidas de apoyo, el art. 287.5.º del CC establece que es necesaria la autorización judicial para renunciar a una donación.


PLANTEAMIENTO

¿Pueden los padres rechazar donaciones hechas a sus hijos sin necesidad de autorización judicial? ¿Qué ocurrirá con las donaciones hechas a las personas con discapacidad que cuenten con …

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Reforma civil y procesal de apoyo a personas con discapacidad. Paso a paso
Novedad

Reforma civil y procesal de apoyo a personas con discapacidad. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

Código Civil - Código comentado 2022 (DESCATALOGADO)
Disponible

Código Civil - Código comentado 2022 (DESCATALOGADO)

V.V.A.A

80.70€

12.11€

+ Información

Un año después de la Ley 8/2021: conclusiones de derecho sustantivo y procesal
Disponible

Un año después de la Ley 8/2021: conclusiones de derecho sustantivo y procesal

Natividad Roldán Melchor

12.75€

12.11€

+ Información