Última revisión
Caso práctico: Duración de la situación de incapacidad temporal en relación con las recaídas en un mismo proceso patológico cuando no hayan transcurrido más de seis meses.
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/09/2023
Resumen:
El art. 174.1 de la LGSS establece que el derecho al subsidio por IT se extingue por el transcurso del plazo máximo de 545 días naturales desde la baja médica. El presente artículo trata de explicar si la recaída de una dolencia influye en la otorgamiento de la prestación de IT. En caso de recaída, si se ha agotado el periodo máximo de IT, se trataría como una nueva baja médica. Por otro lado, si el periodo aún no se ha cumplido, los requisitos exigidos se situarían en la fecha de la baja inicial.
PLANTEAMIENTO
En caso de recaída de una dolencia, a la hora de generar la correspondiente prestación:
- ¿Influye que se haya agotado el periodo máximo de IT en un primer proceso?
- ¿Se tendría derecho a …
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