Última revisión
Caso práctico: IRPF: ¿Son deducibles los gastos médicos?
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 2024-01-01 00:00:00
La DGT considera que no cabe la deducción en el IRPF de los gastos médicos relacionados directamente con la salud personal del empresario o profesional y no con el desarrollo de la actividad económica realizada.
PLANTEAMIENTO
«A» desarrolla la actividad económica de peluquería. En el presente ejercicio, tuvo unos gastos médicos por la implantación de implantes orales, los cuales aportarán una suficiente estabilidad a las prótesis para poder comer y hablar, así como una notable mejoría en la imagen, la cual considera básica para el desarrollo de su actividad.
¿Son dichos gastos médicos deducibles en el IRPF?.
RESPUESTA
El criterio de la DGT al respecto, expresado en su