Última revisión
Caso práctico: IRPF ¿hay obligación de declarar por tener un fondo de inversión?
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/03/2024
Resumen:
Requisitos para la obligación de declaración de IRPPF en caso de participar en un fondo de inversión.
PLANTEAMIENTO
Manuel durante el ejercicio 2023 ha participado en un fondo de inversión. Aunque por rendimientos de trabajo, de capital mobiliario e inmobiliario no está obligado a realizar la declaración de IRPF, ¿estará obligado a hacerla por el hecho de participar en el fondo de inversión?
RESPUESTA
Los contribuyentes que invierten en estos fondos tributan en el momento en que se produce el reembolso de las participaciones, por la ganancia que se produzca, como rendimientos de capital mobiliario. Por lo tanto, solo estará obligado a presentar la declaración de IRPF si procede al reembolso de las participaciones del fondo de inversión y los rendimientos que se producen sobrepasan el límite de 1.600 euros (límite conjunto para los rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la
A efectos del cálculo del rendimiento debemos señalar que, tal y como dispone el artículo 37.1.c) de la
Además, debe tenerse en cuenta que, respecto del reembolso de participaciones en un fondo de inversión, dispone el artículo 94.1.a) de la