Última revisión
Caso práctico: Fiscalidad de la donación efectuada a favor de una Organización No Gubernamental
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 24/02/2020
Resumen:
PLANTEAMIENTO
Una sociedad quiere donar a una ONG una mercancía.
¿Qué efectos tendría esta donación en la empresa que hace el donativo?
RESPUESTA
Estas donaciones estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Según la
Estarán exentas de acuerdo con el artículo 17 de esta Ley. (art 23.1);
a) Donativos y donaciones dinerarios, de bienes o de derechos.
(...)
La base de las deducciones por donativos, donaciones y aportaciones (art 18) estará constituido por;
(...)
b) En los donativos o donaciones de bienes o derechos, el valor contable que tuviesen en el momento de la transmisión y, en su defecto, el valor determinado conforme a las normas del Impuesto sobre el Patrimonio.
El art 20 de la
1. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra, minorada en las deducciones y bonificaciones previstas en los capítulos II, III y IV del Título VI de la
(...)
2. La base de esta deducción no podrá exceder del 10 por 100 de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.
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