Última revisión
Caso práctico: ¿Existe el derecho a la reclasificación profesional en la Administración Pública?
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 27/12/2023
Resumen:
Según la reciente STS n.º 373/2023, rec. 346/2020, de 24 de mayo del 2023, el empleado público tendrá derecho a las retribuciones de la categoría superior, pero no a la reclasificación profesional. El único procedimiento válido para adquirir una categoría profesional superior es superar un proceso selectivo de promoción interna.
PLANTEAMIENTO
Si dentro de las Administraciones Públicas se desempeñan funciones de superior categoría a la que corresponda, ¿existe el derecho a la reclasificación profesional?
RESPUESTA
Según la reciente
Para el alto tribunal:
«El único procedimiento válido para adquirir una categoría profesional superior es superar un proceso selectivo de promoción interna. De esta previsión no está excluida la realización de funciones desde el inicio de la relación laboral».
«Es más, aunque el fraude de ley que se maneja en el motivo para eludir la aplicación de la norma colectiva, pudiera entenderse como existente, tampoco permitiría el ascenso porque hasta la progresión en la carrera profesional y la promoción interna se someten a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación, tal y como dispone el art. 14.c) del