Última revisión
Caso práctico: Exención ganancia patrimonial IRPF por reinversión en vivienda habitual (compra anterior a venta)
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 21/03/2024
Resumen:
La exención por reinversión en vivienda habitual en el IRPF se puede aplicar incluso si se adquiere la nueva vivienda antes de vender la anterior, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se realice dentro del plazo de dos años. Esto se fundamenta en el artículo 41.3 del RIRPF y el artículo 38.1 de la LIRPF, que establecen las condiciones para la exención de las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual.
PLANTEAMIENTO
De cumplirse el resto de los requisitos necesarios, ¿puede aplicarse la exención por reinversión en vivienda habitual en IRPF si se compra primero la nueva vivienda habitual y en el plazo de 2 años, a contar desde la fecha de compra, se vende la anterior vivienda habitual o debe siempre venderse primero la vivienda previa y posteriormente comprarse la nueva?
RESPUESTA
El artículo 41.3 del
El artículo 38.1 de la
«3. La reinversión del importe obtenido en la enajenación deberá efectuarse, de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años desde la fecha de transmisión de la vivienda habitual o en un año desde la fecha de transmisión de las acciones o participaciones.
En particular, se entenderá que la reinversión se efectúa dentro de plazo cuando la venta de la vivienda habitual se hubiese efectuado a plazos o con precio aplazado, siempre que el importe de los plazos se destine a la finalidad indicada dentro del período impositivo en que se vayan percibiendo.
Cuando, conforme a lo dispuesto en los párrafos anteriores, la reinversión no se realice en el mismo año de la enajenación, el contribuyente vendrá obligado a hacer constar en la declaración del Impuesto del ejercicio en el que se obtenga la ganancia de patrimonio su intención de reinvertir en las condiciones y plazos señalados.
Igualmente darán derecho a la exención por reinversión las cantidades obtenidas en la enajenación que se destinen a satisfacer el precio de una nueva vivienda habitual que se hubiera adquirido en el plazo de los dos años anteriores a la transmisión de aquélla».
Por otra parte, cabe destacar que el artículo 41 bis.3 del
Finalmente, y por ejemplo, cabe añadir que la Dirección General de Tributos explicita en su