Última revisión
Caso práctico: ¿Es necesario darse de alta como autónomo al firmar un contrato mercantil?
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 17/04/2024
Resumen:
Descubre si la firma de un contrato mercantil implica la obligación de darte de alta como autónomo, incluyendo el análisis de ingresos y la jurisprudencia relevante.
PLANTEAMIENTO
¿La firma de un contrato mercantil implica la obligación de darte de alta como autónomo?
RESPUESTA
La obligación de darse de alta como autónomo depende del nivel de ingresos y la habitualidad del trabajo.
A pesar de que no existe una obligación automática de registrarse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) solo por firmar un contrato mercantil, dados los criterios restrictivos aplicados en múltiples casos por parte de la TGSS, debe tenerse en cuenta:
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Los rendimientos netos anuales y el umbral del SMI anual. Tradicionalmente, en ausencia de otros datos que denoten la existencia o ausencia de habitualidad, la jurisprudencia ha acudido al nivel de ingresos, de modo que, si éstos son superiores al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, la actividad ha de ser calificada de habitual y encuadrable en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos.Desde el 1 de enero de 2023 —con el
nuevos sistema de cotización —, los autónomos que no alcancen las cantidades fijadas para el Salario Mínimo Interprofesional cotizarán sobre la tabla reducida de bases de cotización para este régimen especial. La norma se limita a establecer una tabla reducida para aquellos supuestos en los que el autónomo no alcance los umbrales del SMI sin mayor concreción.-
Habitualidad de la actividad económica de los autónomos . El cambio en el sistema de cotización en el RETA no ha ido aparejado de una concreción normativa del criterio de habitualidad. Por el momento no existe un criterio judicial aplicable a la nueva reglamentación, pero atendiendo al punto anterior, debemos entender superado el criterio jurisprudencial de habitualidad ligado al SMI.