Última revisión
Caso práctico: ¿Cuándo se encuentra el deudor en estado de insolvencia inminente a efectos concursales?
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El deudor que prevea que dentro de los tres meses siguientes no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones, se encuentra en estado de insolvencia inminente a efectos concursales.
PLANTEAMIENTO
«A», empresario, se está planteado la posibilidad de solicitar la declaración de concurso dada la precaria situación de la empresa. Tras un estudio en profundidad de los diferentes activos y pasivos de los que goza, calcula que no podrá abonar sus créditos transcurrido un año. ¿Debe solicitar la declaración de concurso dada su situación actual?
RESPUESTA
No, no tiene obligación de hacerlo, ya que conforme al art. 2.3 de la Ley Concursal: «Se encuentra en estado de insolvencia inminente el deudor que prevea que dentro de los tres meses siguientes no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones».
Por lo tanto, en base a este artículo, «A» no tiene obligación de solicitar el concurso mientras pueda hacer frente a los diferentes créditos y, salvo que la situación mejore, sí podrá realizar la solicitud tres meses antes de que los pagos no puedan ser abonados.