Última revisión
Caso Práctico: Convenio colectivo industrias del metal sin convenio propio Pontevedra
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 26/02/2018
Resumen:
PLANTEAMIENTO
El convenio colectivo industrias del metal sin convenio propio de la provincia de Pontevedra (36001155011981), establece en su artículo 54 el Complemento de antigüedad consolidado: "Los contratos realizados o que se conviertan en indefinido a partir del 31/12/1999 no generarán antigüedad".
Si un trabajador empieza a trabajar en el año 1992, ¿dejaría de generar antigüedad desde el año 1999? por lo que a efectos de abono de dicha cantidad ¿sólo habría que abonarle un quinquenio?.
RESPUESTA
Sí, solo habría que abonar un quinquenio congelándose la antigüedad desde el año 1999. La mayoría de los convenios colectivos han congelado o suprimido el plus de antigüedad manteniéndose, como en este caso, como condición más beneficiosa de haberse generado con anterioridad a la congelación o supresión.