Caso práctico: colapso en... desempleo

Última revisión
17/03/2021

Caso práctico: colapso en el SEPE por ciberataque y capitalización de la prestación por desempleo

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 17/03/2021

Resumen:

PLANTEAMIENTODebido al Colapso del SEPE por motivo del ciberataque sufrido, o un cliente ha solicitado: La reanudación de la Prestación de desempleo...

PLANTEAMIENTO

Debido al Colapso del SEPE por motivo del ciberataque sufrido, o un cliente ha solicitado:

La reanudación de la Prestación de desempleo con fecha 8/02/2021

La capitalización de la Prestación con fecha 15/02/2021 

Mi cliente pretende darse de alta en el RETA lo antes posible, sin esperar a la resolución del SEPE:

  • ¿Es posible darlo de alta sin perder el derecho de capitalización?
  • ¿Es posible tras un tiempo determinado?

RESPUESTA

Atendiendo al art. 34LETA, la solicitud del abono de la prestación por desempleo de nivel contributivo deberá ser de fecha anterior a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo o como socio de la entidad mercantil, considerando que tal inicio coincide con la fecha que como tal figura en la solicitud de alta del trabajador en la Seguridad Social.

Ante la cuestión planteada y la información aportada, indicarle que la presentación de la solicitud de Pago Único ante el SEPE debe realizarse siempre antes de iniciar la actividad, es decir, antes de la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, tal y como indican que lo han efectuado. Además, el Sepe incluso limita la realización de ciertos trámites para la constitución de una sociedad laboral o la adecuación del local donde se desarrollará la actividad, entre otros, indicando que puede afectar al proceso de aprobación de la solicitud, por lo que se recomienda evitarlo hasta que no se tenga una resolución en firme. No obstante, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago. Pero igualmente, para confirmar que la resolución emitida por el Sepe será positiva, es decir, que se cumple el resto de requisitos asociados a la concesión del pago único, nuestra recomendación es que el autónomo reciba la resolución reconociendo el derecho al pago único antes de realizar cualquier movimiento y, a partir de ese momento, de ser aceptado, dispondrá del plazo máximo de un mes para iniciar la actividad y tramitar el alta Seguridad Social.

Pago único como modalidad de capitalización de la prestación por desempleo

Regulación de los supuestos y requisitos para la capitalización de la prestación por desempleo: pago único, subvención del importe de las cuotas a la Seguridad Social o combinación de ambas opciones

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