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Caso práctico: Abono de pluses en el convenio colectivo de dependencia mercantil de Almería y SMI 2020
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 2020-02-10 00:00:00
PLANTEAMIENTO
El
Tenemos un trabajador que es auxiliar administrativo y tiene en nomina: salario 780.82; prorrata pagas extraordinarias 204.15; antigüedad 35.77; plus asistencia 32.01; plus transporte 119,00; total devengado 1151.75.
Con la publicación del
- ¿Los 1.108,33 euros son en este caso en concreto del total devengado o solo de la suma de salario y pagas extra?.
- ¿El plus de asistencia, de transporte y la antigüedad van a parte del salario mínimo?
- ¿La suma de salario y paga extra hay que subirla hasta que sean 1108,33 y ademas de eso se le paga la antigüedad, el plus de asistencia y el de transporte?
RESPUESTA
El salario base se incrementará, a pesar de recibir una cuantía superior total por convenio al SMI 2020, cuando se alcancen las cantidades garantizadas mediante complementos de naturaleza no salarial según se especifique por convenio.
El cómputo anual del SMI en ningún caso podrá ser inferior a 13.300 euros (950 euros mensuales (14 pagas) o 1.108,33 euros mensuales (12 pagas) en trabajadores a jornada completa (40 horas).
La subida de los salarios deberá ser automática para aquellos trabajadores que perciban menos de 13.300 euros brutos al año por una jornada completa. Es decir, el incremento del SMI, al igual que otros fijados por convenio colectivo, no repercuten o modifican el salario realmente percibido por la persona trabajadora, salvo que, en conjunto y en cómputo anual, resulte inferior. (art.
No obstante, el salario base se incrementará, a pesar de recibir una cuantía superior total por convenio al SMI 2020, cuando se alcancen las cantidades garantizadas mediante complementos de naturaleza no salarial según se especifique por convenio.
En el caso planteado, el
De esta forma:
- Salario 780.82 + prorrata pagas extra 204.15 + antigüedad 35.77 + plus asistencia 32.01 = 1134,53 euros.
- El plus transporte (119,00 euros) quedaría fuera del cómputo por tratarse de un percepción no salarial.
- Dado que el SMI 2020 en 12 pagas (1108,33 euros/mes) es inferior la cantidad percibida (1134,53 euros/mes) no será necesario proceder a la revalorización.