Última revisión
ACTIVIDADES EMPRESARIALES. DIVISIÓN 6: COMERCIO MENOR - PATINETE ELECTRICO DE VELOCIDAD MAXIMA 6KM/H
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 2022-05-31 17:05:50
Materia
144772 - IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - TARIFAS - ACTIVIDADES EMPRESARIALES. DIVISIÓN 6: COMERCIO MENOR
Pregunta
¿Cuál es el epígrafe que clasifica la actividad de comercio menor de patinetes eléctricos que no superan la velocidad de 6 km/h?
Respuesta
Los patinetes eléctricos que no sobrepasan la velocidad de 6 km/h no tienen la consideración de vehículos, pasando a tener la consideración de juguetes. Por ello la venta de patinetes eléctricos que no sobrepasen los 6 km/h, al tener la consideración de juguetes, se clasificaría en el epígrafe 659.6 de la sección primera de las Tarifas -Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia-.
Normativa/Doctrina
Epígrafe 6596
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0643 - 2022, de 24 de marzo de 2022
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria