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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES - CONCEPTO Y CALIFICACIÓN - 147400-PÉRDIDA INVERSIÓN EN AFINSA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 02/06/2024
Resumen:
Pregunta:
¿Cuál es el tratamiento fiscal en IRPF 2023 del dinero invertido y no recuperado en la entidad Afinsa Bienes Tangibles, S.A., tras la Sentencia de 12 de junio de 2023 declarando finalizado el concurso de acreedores?
Respuesta:
La finalización del proceso concursal permite a los acreedores consignar en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2023 las pérdidas patrimoniales derivadas de los créditos con dicha entidad por el importe no recuperado de los mismos.La integración se debe efectuar como pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales en la base imponible general, en la forma y con los límites establecidos en el artículo 48 de la Ley del IRPF.
Normativa:
Artículos 14.2.k), 45 y 48 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF. Sentencia de 12 de junio de 2023 del Juzgado mercantil número 6 de Madrid, expediente del concurso de acreedores número 208/2006. Consulta vinculante DGT V0652-24, de 12 de abril.