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COMERCIO EXTERIOR - CEUTA Y MELILLA - GENERALIDADES - 144896-02. CONSECUENCIAS DEL RÉGIMEN ADUANERO
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 06/03/2023
Pregunta:
¿Qué consecuencias tienen estas particularidades de la normativa aduanera?
Respuesta:
No se aplica de manera directa la normativa comunitaria contenida en el Código Aduanero de la Unión (CAU) y otras disposiciones.Las mercancías no están sujetas al pago de aranceles, ni a medidas de política comercial, en su importación en estas ciudades.Las mercancías no están sujetas al pago del
Normativa:
Resolución del Departamento de Aduanas e II.EE. de 11 de julio 2014 (BOE 21 de julio), modificada por Resolución 14 enero 2016 (BOE del 25), posteriormente modificada por Resolución de 3 de enero 2017 (BOE del 5), asimismo modificada por Resolución de 25 de agosto 2017 (BOE 1 de septiembre) y finalmente modificada por Resolución de 2 de septiembre de 2019 (BOE del 12).