IMPUESTO SOBRE LA RENTA D...REQUISITOS

Última revisión
01/04/2024

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - DEDUCCIONES GENERALES - DEDUCCIONES POR OBRAS MEJORA EFICIENCIA ENERGÉTICA VIVIENDAS - 143870-2.1. POR MEJORA CONSUMO ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE. REQUISITOS

Tiempo de lectura: 4 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/04/2024

Resumen:

2.1. POR MEJORA CONSUMO ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE. REQUISITOS

Pregunta:

¿Qué requisitos han de cumplirse para tener derecho a aplicar la deducción por las obras de mejora en el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024?

Respuesta:

Puede aplicar esta deducción el contribuyente que satisfaga cantidades, entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, para la ejecución, también en dicho período, de obras de mejora en el consumo de energía primaria no renovable en su vivienda habitual o en otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2025.Las obras que dan derecho a deducción son aquellas que reduzcan en al menos un 30 por ciento el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda que permita obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.Estas mejoras se acreditarán mediante sendos certificados de eficiencia energética expedidos, por el técnico competente, antes y después de la realización de las obras, comparando los indicadores contenidos en los mismos. En todo caso, el certificado posterior a su finalización deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2025.No darán derecho a la deducción las obras o la parte de las mismas que se realicen en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni las llevadas a cabo en la parte de la vivienda afecta a una actividad económica. En ningún caso, darán derecho a practicar la deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

Normativa:

Disposición adicional quincuagésima Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 , introducida RD Ley 19/2021, de 5 de octubre (BOE del 6) . (modif. por el art. 16 RD-ley 8/2023, de 27-12, de med. afrontar conflictos Ucrania y O. Próximo, y sequía)

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